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lunes, 16 de agosto de 2010

La Concertación debe explicaciones

Por Felipe Portales (*)


Más que una autocrítica por haber perdido las elecciones presidenciales, el liderazgo de la Concertación le debe explicaciones al pueblo chileno por no haber cumplido -¡en veinte años!- sus compromisos de democratizar realmente el país y de sustituir el modelo económico neoliberal impuesto por la dictadura, por otro que posibilite la justicia social.


En efecto, el liderazgo de la Concertación tiene que explicar en primer lugar por qué modificó sustancialmente su concepto de democracia. Recordemos que en la década del 80 aquel liderazgo planteó claramente que la Constitución del 80 era esencialmente antidemocrática; y que debía ser reemplazada por otra que fuera el producto de una Asamblea Constituyente libremente electa por todo el pueblo chileno. Y que, en cambio, a partir de agosto de 1991 –y sin que ninguno de sus rasgos más antidemocráticos hubiese sido eliminado- señaló que dicha Constitución era democrática, solo que “imperfecta”. Así, el entonces presidente Aylwin señaló que “la transición ya está hecha”; que “en Chile vivimos en democracia” y que “esta democracia es susceptible de perfeccionarse” (El Mercurio; 8-8-1991).

Es decir, para el liderazgo concertacionista ya existía democracia en Chile pese a la subsistencia de un sistema electoral binominal que distorsionaba completamente la voluntad popular en la composición del Congreso Nacional; de quorums para reformar la Constitución y las leyes orgánicas constitucionales que impedían que ellas fueran modificadas sin el concurso de la derecha que las impuso; y de una virtual subordinación del poder político a las Fuerzas Armadas, producto de la inamovilidad de los comandantes en jefe y de un Consejo de Seguridad Nacional tutelar.

Aquellos rasgos ya no eran percibidos como factores que impedían la democracia, sino solo como elementos que la hacían imperfecta. Este giro copernicano se acentuó aún más –si cabe la expresión- cuando en 2005, luego de reformas constitucionales que eliminaron algunos de los dispositivos antidemocráticos de la Constitución del 80 –como la tutela militar formal-, el liderazgo de la Concertación ¡aceptó hacer suya dicha Carta Fundamental! De tal manera que conservando el sistema electoral binominal y los altos quorums requeridos para reformarla -así como los de las leyes orgánicas constitucionales- el liderazgo concertacionista procedió a proclamarla como la “Constitución de 2005”, reemplazando la firma de Pinochet por la de Lagos y de todos sus ministros. Dicho cambio cosmético solo ha servido para la vergüenza histórica de todos quienes lo suscribieron ya que –pese a los pocos años transcurridos- ya nadie toma en serio el que ahora tengamos una “nueva” Constitución.

Es importante destacar que entre los rasgos autoritarios y neoliberales de la Constitución refrendada por el liderazgo concertacionista en 2005 tenemos una concepción decimonónica del derecho de propiedad que solo permite su expropiación previo pago al contado del total del bien, de acuerdo al monto fijado por tribunales; la inexistencia del derecho al trabajo (se estipula solo “la libertad de trabajo”); restricciones para que el Estado desarrolle actividades empresariales; la posibilidad de que el Congreso apruebe hasta por un año –a través de la delegación de de sus atribuciones legislativas- una dictadura económica del Presidente de la República

Además, la proscripción de partidos políticos, movimientos u organizaciones sociales por razones ideológicas; la casi total imposibilidad del Congreso de aprobar leyes que no cuenten con la aprobación presidencial; la virtual inexistencia del recurso al plebiscito en caso de discrepancias entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo; la preservación de la facultad monárquica de indulto presidencial; la prohibición de que diputados y senadores –¡so pena de cesación de sus cargos!- puedan interceder a favor de organizaciones de trabajadores que se encuentren en conflictos laborales; la prohibición también para que alguno de ellos “propicie el cambio del orden jurídico institucional por medios distintos de los que establece esta Constitución” –es decir, ¡incluso la promoción de una Asamblea Constituyente!-; la facultad presidencial para decretar hasta por un mes el estado de emergencia al margen del Congreso Nacional; y la prohibición para que los tribunales de justicia puedan “calificar los fundamentos ni las circunstancias de hecho invocados por la autoridad para decretar los estados de excepción”.

Además, la preservación de la Constitución del 80 ha sido uno de los factores claves que contribuyen a mantener el conjunto de la institucionalidad política, económica, social y cultural impuesta por la dictadura. Las numerosas leyes orgánicas constitucionales y leyes simples dictadas por la Junta de Gobierno, que refundaron la sociedad chilena en la década del 80, se inspiran en dicho texto constitucional y lo refuerzan.

Por último, los planteamientos efectuados por el liderazgo concertacionista -al calor de la reciente campaña presidencial- de volver a propiciar una nueva Constitución serán un nuevo engaño más al pueblo chileno, en la medida que no se planteen a través de una Asamblea Constituyente. En el contexto de la Constitución del 80 es clara la imposibilidad –dado los quorums requeridos- de una profunda reforma de ella sin el concurso de la derecha minoritaria que la impuso.

(*) Esta es una serie de unos 20 artículos, algunos de ellos publicados en el diario electrónico El Clarín.

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