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miércoles, 23 de mayo de 2012


ALCALDE LABBÉ CORONÓ CON UN ROTUNDO "NO" DE LA CORTE SUPREMA SERIE DE FRACASOS POR EXPULSIÓN ARBITRARIA DE ALUMNAS DE LICEOS DE PROVIDENCIA

El controvertido alcalde UDI de Providencia, Cristián Labbé, ha sufrido un fracaso detrás de otro en las últimas dos semanas, sin que ningún tribunal le haya dado la razón en su increíble lucha para impedir que alumnas que participaron en las movilizaciones estudiantiles el año pasado tuvieran derecho a continuar sus estudios en los liceos de la comuna.

La Corte Suprema fue hoy la última instancia judicial que rechazó las peticiones y luego los distintos recursos de apelación del edil.

En fallo dividido, la tercera sala constitucional de la Corte Suprema desestimó la apelación presentada por el municipio y la directora del Liceo Carmela Carvajal, Rosa del Valle,  que se negaban a reintegrar al establecimiento a siete estudiantes a quienes se les canceló la matrícula por participar en manifestaciones públicas y democráticas en 2011.

Labbé  lamentó el fallo diciendo que "indudablemente me parece una pésima señal que se favorezca la mala conducta, el desacato".

No obstante, ratificó que acatarán el dictamen judicial. "Vamos a hacer lo que la Justicia diga, es un fallo de última instancia, entonces no tengo mucho más que hacer", afirmó.

Por otra parte la portavoz de las alumnas Danae Díaz dijo que “sentimos satisfacción" tras el fallo. "Sabemos que ahora se viene un tema complicado. Me refiero a la estadía y el recibimiento en el colegio, pero estamos dispuestas a mantenernos fuertes en el establecimiento que tenemos que estar. Tenemos que armarnos de valor nomás porque el que nada hace, nada teme", aseguró.

Conocida la positiva resolución, la alumna llamó al alcalde de la comuna, Cristián Labbé, a iniciar una instancia de diálogo y a que "deje el pasado atrás".

"Ahora los jóvenes tenemos participación y opinión y es lo que tratamos de hacer el año pasado. Tratamos varias veces de conversar y él nunca quiso. Ahora, tiene que tener la suficiente altura de miras para hablar con todos los actores, porque vamos a seguir luchando por el movimiento", aseveró.

La sentencia

La sentencia determina el actuar arbitrario de la dirección de establecimiento al negar las matrículas a las alumnas sin respetar normas del debido proceso.
"Del mérito de los antecedentes de autos se encuentra acreditado que en la imposición de las sanciones a las alumnas recurrentes no le precedió investigación disciplinaria previa en el establecimiento educacional respectivo, en la que tales alumnas pudieran ejercer un derecho de defensa efectivo", dice el fallo.

Los jueces profundizan sobre lo "arbitrario" que resultó la cancelación de matrícula para el año escolar 2012 "tanto por la carencia de un procedimiento, como por la falta de justificación de la decisión y de recursos efectivos ante una autoridad jerárquica imparcial".

La Suprema además cuestiona que al no haberse ejecutado una investigación interna y haber establecido exactamente qué actos impropios se le imputaba a cada una de las alumnas implicó "discriminarlas arbitrariamente respecto del resto de los alumnos, quienes ante la atribución de una falta escolar sí gozan del ejercicio del derecho a un procedimiento".

Alumnas del Liceo Tajamar

Una gran pérdida de tiempo y retroceso en el desarrollo escolar de las alumnas, similar al que sufrió el grupo del Liceo Carmela Carvajal, afectó también a estudiantes del Liceo Tajamar de Providencia.

En este caso el municipio impidió que las jóvenes pudieran rematricularse como “sanción” por haber participado el año pasado en marchas públicas.

El 16 de mayo pasado, los jueces de la Corte Suprema, en un fallo unánime, revirtió la disposición, calificando la medida municipal de “arbitraria” y rechazó la apelación presentada por el alcalde Labbé.

"La no renovación de matrícula constituye un acto arbitrario al no haberse considerado el derecho de los recurrentes a ser sancionados por comisiones especiales, más aún cuando la sanción –base del presente recurso– no se encuentra establecida en ninguna ley orgánica del establecimiento Educacional", apuntaron los ministros.

Añadieron que "consecuencialmente, se debe asegurar el derecho de las recurrentes a proseguir en sus estudios de enseñanza media, situación que resulta acorde a los principios que comprende nuestra Carta Constitucional sobre la materia (...) Las medidas impuestas a las alumnas en cuyo favor se ha recurrido quedan sin efecto".

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