2-7-2014-KRADIARIO-Nº904
CÁMARA DE DIPUTADOS APROBÓ EL PROYECTO DE SALARIO MÍNIMO
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en general y en particular el proyecto de
ley que establece un aumento escalonado
del salario mínimo elevándolo a $225.000 este año desde los actuales $210.000,
a $241.000 en julio de 2015 y $250.000 en enero de 2016.
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La iniciativa fue aprobada en general por 89 votos a favor y
seis abstenciones, en tanto que el articulado contó con votaciones variables,
siendo la más estrecha la relativa al artículo primero que contempla el
reajuste propiamente tal. En este caso, la votación fue de 77 votos a favor, 5
en contra y 14 abstenciones.
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El proyecto deberá ser analizado ahora en segundo trámite
legislativo por el Senado.
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La ministra del Trabajo, Javiera Blanco, destacó que el
proyecto se da en el marco de un acuerdo mayor con la CUT para mejorar la
protección de los trabajadores y en este sentido recordó que en el último
cuatrimestre de este año el gobierno enviará el proyecto que fortalece la
negociación colectiva.
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Diversas opiniones sobre el tema subrayaron hoy que el acuerdo
entre Blanco y Figueroa fue tomado entre cuatro paredes, calificando a la
Presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores, Bárbara Figueroa, como “una
traidora de la clase trabajadora, ya que ella misma promovió el año pasado durante el gobierno de Piñera
un aumento de este salario a $250.000
pesos, suma que llegarían a recibir los trabajadores con suerte en enero de
2016.
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El ministro de
Hacienda, Alberto Arenas, aseveró, en cambio, que con
la iniciativa “se genera un reajuste balanceado en el tiempo para alcanzar los
compromisos que están en el programa de gobierno, como así también se hace el
esfuerzo para que en este reajuste los trabajadores que están en el salario
mínimo puedan enfrentar las situaciones económicas de su grupo familiar”.
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El proyecto, que ingresó a trámite legislativo con discusión
inmediata (seis días), define también un incremento de 7,1% para los ingresos
mínimos mensuales (IMM) de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años
y el IMM con fines no remuneracionales.
En el primer caso, sube de $156.770 a $167.968, a julio de
2014; a $179.912, a de julio de 2015; y a $186.631, a contar del enero de 2016.
El IMM para fines no remuneracionales se elevará de $135.463 a $145.139, en
2014; a $155.460, a contar de julio de 2015; y a $161.265, en enero de 2016.
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En el caso de la asignación familiar y maternal y del
subsidio familiar para las personas de escasos recursos, las variaciones
porcentuales de incremento son las mismas que para el del IMM, en cada uno de
los períodos.
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Específicamente, la asignación familiar y maternal del
Sistema Único de Prestaciones Familiares pasará a contar con lo siguientes
valores:
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1. Desde el 1° de julio de 2014: de $9.242 por carga, para
aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $236.094; de $5.672
por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $236.094
y no exceda los $344.840; y de $1.793 por carga, para aquellos beneficiarios
cuyo ingreso mensual supere los $344.840 y no exceda los $537.834. Las personas
que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual
sea superior a $537.834 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este
articulo.
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2. A contar del 1° de julio de 2015: de $9.899 por carga,
para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $252.882; de
$6.075 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los
$252.882 y no exceda los $369.362; y de $1.920 por carga, para aquellos
beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $369.362 y no exceda los
$576.080. Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares
y cuyo ingreso mensual sea superior a $576.080 no tendrán derecho a las
asignaciones aludidas en este artículo.
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3. Desde el 1° de enero de 2016: de $10.269 por carga, para
aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $262.326; de $6.302
por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $262.326
y no exceda los $383.156; de $1.992 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo
ingreso mensual supere los $383.156 y no exceda los $597.593. Las personas que
tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso mensual sea
superior a $597.593 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este
artículo.
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El subsidio familiar se reajustará en los siguientes
valores:
1. A contar del 1° de julio de 2014: $9.242.
2. A contar del 1° de julio de 2015: $9.899.
3. A contar del 1° de enero de 2016: $10.269.
Adicionalmente al sistema trianual de fijación del IMM, el
gobierno puso de relieve la creación de una Comisión Asesora de Análisis
Salarial del Mercado del Trabajo, que estudiará la situación salarial en el
país, “efectuando un diagnóstico y propuestas que permitan avanzar en
garantizar que los ingresos del trabajo permitan superar la pobreza, alcanzando
así, en la fijación del ingreso mínimo”, publicó La Tercera.
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Los cálculos del Ejecutivo suponen un mayor gasto fiscal
para 2014 de $14.745 millones de pesos. El monto ascenderá a $45.286 millones,
en 2015, y a $93.849 millones, en 2016.
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