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viernes, 27 de abril de 2012

CORTE RESUELVE QUE 16 ALUMNOS DE LICEO DE PROVIDENCIA DEBEN SERE REACEPTADOS DE INMEDIATO


¿Cumplirá la nueva resolución judicial
el alcalde Labbé?
La Corte de Apelaciones de Santiago, en un fallo unánime, acogió el recurso de protección presentado a favor de 16 alumnos del Liceo Arturo Alessandri Palma de Providencia a los que se les canceló la matrícula para el año escolar 2012 y  determinó que el municipio debe dejar sin efecto las medidas de cancelación de matrículas de las estudiantes afectadas.

La sentencia determina por segunda vez, que hubo actuar arbitrario en el de la directora del establecimiento al establecer la cancelación de las matrículas de los alumnos recurrentes y violar las garantías de tramitación de un justo proceso y la Convención de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

El alcalde de Providencia, Cristián Labbé, se ha mostrado contrario a los dictámenes ya resueltos por la Justicia y que le dieron la razón a los alumnos, como en el caso del Liceo Carmela Carvajal, explicó La Tercera.

"De conformidad a lo que consta en los autos, efectivamente los alumnos parecen haber sido juzgados por una comisión especial, y por una decisión de la Directora del establecimiento actuando como tribunal unipersonal, lo que constituye un acto arbitrario e ilegal que, además, vulneró las normas de debido proceso que permitieran el derecho de los alumnos por los cuales se recurre, a realizar sus descargos. Resulta efectivo entonces que a los alumnos les fue negada la matrícula, sin que ellos y sus apoderados conocieran, oportunamente, las causales específicas de esa sanción y los antecedentes efectivamente tenidos a la vista para adoptar tan grave determinación. Finalmente en relación con este aspecto, es necesario indicar que en las partes del Manual de Convivencia Escolar que se tuvo a la vista, por las razones que ya se expresó, no se señala un procedimiento claro para los efectos de ejercer la más básica de las garantías, cual es, el derecho a formular descargos y a defenderse en el marco de un debido proceso", dice el fallo.

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