REFORMA LABORAL-KRADIARIO
GOBIERNO MANTIENE PROHIBICIÓN DE REEMPLAZOS DURANTE HUELGAS EN NUEVAS INDICACIONES A REFORMA LABORAL
Ximena Rincón, Ministra del Trabajo |
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Se trata de indicaciones divididas en 8 ejes temáticos, las cuales debían ingresar antes del lunes 14 de septiembre: género, extensión de beneficios, procedimiento, Pymes, pactos de adaptabilidad, huelga efectiva, prácticas desleales y Consejo Superior Laboral.
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Según indicó el ministerio de Hacienda en un comunicado, las modificaciones “apuntan a perfeccionar diversos aspectos del proyecto de ley, buscando asegurar un mayor equilibrio, simetría y proporcionalidad en las relaciones laborales y un adecuado funcionamiento del mercado de trabajo”.
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Esto se quiere lograr “sin alterar la esencia de lo que son sus pilares básicos ya aprobados por la Cámara de Diputados: titularidad sindical, extensión pactada de beneficios, huelga efectiva y pactos de adaptabilidad”, añadió.
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Asimismo, también acotaron que “estas indicaciones han sido elaboradas luego de un amplio diálogo con múltiples actores políticos, sindicales, empresariales y académicos (…) Permitirán contar con un procedimiento de negociación colectiva más moderno y equilibrado, que establece mayor simetría entre las partes y que propenderá a relaciones laborales más justas en la empresa”.
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Según Radio Biobío, de acuerdo al Gobierno, entre las indicaciones más relevantes que se presentaron está que:
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-Se mantiene “la prohibición de reemplazo en los puestos de trabajo de los trabajadores en huelga”, además que “se hace explícito el derecho de los trabajadores que no están en huelga a continuar trabajando en sus distintas funciones y la posibilidad de que el empleador realice las adecuaciones necesarias para ese objeto”.
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-”Se tipifican nuevas prácticas desleales para evitar abusos y posibles casos de reemplazo encubierto”.
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-”Se establece que una vez iniciada la huelga, el empleador puede realizar nuevas ofertas, debiendo someterse esta nueva oferta a votación secreta y ante ministro de fe con el objeto de aceptarla o mantener la huelga”.
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-”Se perfeccionan los pactos de adaptabilidad y se establece una vigencia diferida en la implementación del pacto de horas extraordinarias. Se crea un nuevo pacto que permite una jornada semanal de 4 días de trabajo con tres días de descanso”.
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-”Se mantiene que “los beneficios pactados en una negociación colectiva solo pueden ser extendidos a terceros trabajadores en acuerdo entre las partes, o a los trabajadores que se afilian al sindicato, se aclara que no constituye práctica antisindical los mejoramientos individuales que puedan realizarse sobre la base de criterios objetivos, como capacidad, calificación o productividad del trabajador”.
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-”Se establece que el empleador podrá extender a todos los trabajadores la cláusula de reajustabilidad de las remuneraciones según variación del IPC, cuando ese reajuste esté contemplado en la respuesta del al proyecto de contrato colectivo”.
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-”Se regula un nuevo procedimiento para la calificación de servicios mínimos. Se asegura que éstos se califiquen antes de la negociación colectiva y para entregar certeza a las partes, se asegura que exista una sola calificación para toda la empresa. Los servicios mínimos se deben calificar de acuerdo entre las partes, y si no se logra acuerdo, resuelve la Dirección del Trabajo”.
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-”Se adelanta vigencia de la norma que excluye a los grupos negociadores (donde existan sindicatos no pueden formarse grupos negociadores) a partir de la fecha de publicación de la ley y no desde su entrada en vigencia, sin alterar los efectos de los convenios colectivos que se hayan firmado antes de esa fecha”.
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-”Se crea el Consejo Superior Laboral, instancia tripartita de diálogo social, que presta asesoría y formula propuestas en materia de relaciones laborales y mercado del trabajo”.
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