El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó este lunes sentencia contra el exalcalde de Ñuñoa Pedro Sabat (RN), condenado por dos delitos de negociación incompatible en una causa relacionada con contratos del Municipio que favorecieron a uno de sus hijos, como informa ampliamente Radio Coooperativa y otros medios en Chile.
Pese a que arriesgaba una pena de cuatro años de reclusión menor en su grado máximo, Sabat finalmente tendrá que cumplir sólo con 61 días de reclusión menor en su grado mínimo, además de la suspensión de cargos públicos por 2 años y 1 día y una multa de 675 mil pesos.
Esta es la condena de la jueza María Inés González Moraga quien dio cuenta también que el exjefe comunal debe informar en caso de cambiar de domicilio.
La sentencia contra el histórico militante RN quedó bastante lejos de lo solicitado por el Ministerio Público, que además de los cuatro años de reclusión, buscaba siete años y un día de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos en su grado máximo, y una multa de 218 Unidades Tributarias Mensuales (alrededor de 13,7 millones de pesos).
«El Tribunal acreditó nuestra tesis de que se había cometido este delito, como también de las circunstancias que nosotros señalamos, tanto en nuestra acusación como durante el juicio. Esto es que Sabat había contratado en la Municipalidad de Ñuñoa -mientras era alcalde- a un socio de su hijo, vínculo contractual que no está permitido por la ley, dada la relación de cercanía existente entre esta persona y el propio hijo del exalcalde Sabat», destacó el fiscal jefe de Las Condes, Felipe Sepúlveda.
En concreto, la Fiscalía acreditó que el exjefe comunal suscribió contratos, desde la Municipalidad, entre 2013 y 2015 y por 15 millones 700 mil pesos, con Alain Goffard Rodríguez, un socio de su hijo; hechos por los que fue formalizado en junio de 2019.
Además, a inicios de ese mismo año había sido absuelto en el denominado «caso basura», en que enfrentó cargos por fraude al Fisco y malversación.
La resolución del Tercer Tribunal Oral de Santiago, comunicada en enero, fue refrendada en abril por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la fiscalía regional Metropolitana Occidente.
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