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jueves, 7 de julio de 2016


Chile comienza a ponerse las pilas

LAS SANCIONES POR COLUSIÓN "HARÁN TIRITAR" AHORA A LOS EMPRESARIOS CORRUPTOS

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El Senado despachó este miércoles la Ley de Libre Competencia que castiga con hasta 10 años de cárcel y sube las multas para las empresas y personas que se coludan, quedando de esta forma lista para ser promulgada por el Gobierno. 
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La Cámara Alta aprobó por 25 votos a favor y 2 en contra el informe de la comisión mixta que entregó a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) la exclusividad de la acción penal en casos de colusión.
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Unas horas antes, la Cámara de Diputados había aprobado la nueva normativa por 90 votos a favor, 11 en contra y 7 abstenciones.
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Tras la votación en la Cámara Baja , el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, sostuvo que ésta "es una gran noticia para todos los chilenos", ya que la normativa "tendrá sanciones ejemplificadoras".
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En esa línea, el secretario de Estado aseguró que "gracias a este proyecto de ley que fortalece la libre competencia, ya no será un negocio el coludirse".
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Entre las normas contenidas en la iniciativa destacan el que eleva la colusión a la categoría de delito penal, por lo que quienes incurran en estas prácticas ilícitas, serán sancionados con penas que van desde los 3 años y 1 día a los 10 años de cárcel.
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Asimismo, sustituye la fijación de las multas, en base a un monto máximo expresado en UTA (unidades tributarias anuales), por una fórmula de determinación basada en el doble del beneficio económico reportado por la infracción, o hasta por el 30% de las ventas del infractor correspondientes a la línea de productos y/o servicios asociadas a la infracción durante el período por el cual ésta se haya extendido.
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Cabe recordar que el proyecto tuvo una tramitación extra, debido a la discrepancia surgida por el rol de la Fiscalía Nacional Económica. Finalmente en Comisión Mixta se zanjó que este organismo tiene la potestad exclusiva para iniciar la investigación penal en este tipo de casos.
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¿Qué sanciones a la colusión tienen en otros países o mercados del mundo?
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Argentina

Multa: Desde US$ 3.500 hasta US$ 51.ooo.ooo -Sanción de Cárcel: Si (previa instancia judicial) -Organismo fiscalizador: Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia -Delación compensada: Sí -Casos: En 1999 colusión de 6 empresas de cemento, para la repartición de mercados y fijación de precios, por más de 10 años. Fueron multadas 5/6 de las empresas, por un total de US$ 106 millones.

Brasil

Multa: Entre 0,1% - 20% del total de las utilidades percibidas el año anterior al comienzo de la investigación. -Sanción de Cárcel: Sí, entre 2 y 5 años. -Organismo fiscalizador: Consejo Administrativo de Defensa de Competencia (CADE) -Delación compensada: Sí -Casos: En 2009 cartel internacional para la fijación de precios de maquinaria refrigerante. Dentro de los países involucrados, se detectó Estados Unidos, miembros de la Unión Europea y Brasil. Luego de acuerdo (delación compensada) se obliga a Whirlpool a pagar un total de US$ 58,7 millones y sus ejecutivos, US$ 1,8 millones.

Colombia

Multa: Hasta US$ 22.280.000 -Sanción de Cárcel: No -Organismo fiscalizador: Superintendencia de Industria y Comercio -Delación compensada:Sí (Programa de Clemencia) -Casos: En 2005 la Superintendencia local multó con US$ 1.375.241 a la mayor cementera colombiana, Cementos Argos, a las filiales locales de la mexicana Cemex SA y la suiza Holcim Ltd Colombia por participar en un acuerdo de fijación del precio del cemento Portland y repartirse el mercado a nivel nacional.

Chile

Multa: La nueva Ley sustituye la fijación de las multas, en base a un monto máximo expresado en UTA (unidades tributarias anuales), por una fórmula de determinación basada en el doble del beneficio económico reportado por la infracción, o hasta por el 30% de las ventas del infractor correspondientes a la línea de productos y/o servicios asociadas a la infracción durante el período por el cual ésta se haya extendido. Sanción de Cárcel: Si (pena de cárcel desde los 3 años y 1 día a los 10 años de cárcel.  -Organismo fiscalizador: Tribunal de Defensa de la Libre Competencia - Fiscalía Nacional Económica.

México

Multa: US$ 6,5 millones o 10% de las ganancias de la empresa. -Sanción de Cárcel: Sí (de 5 a 10 años) -Organismo fiscalizador: Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones -Delación compensada: Sí -Casos: La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la multa de alrededor de US$ 7,8 millones que la Comisión Federal de Competencia Económica impuso a empresas avícolas por manipular y fijar los precios de la carne de pollo en la Ciudad de México en la llamada "Conspiración del pollo" en 2008 y 2009.

Estados Unidos

Multa: Hasta US$ 100 millones para empresas y US$ 1 millón para personas naturales. -Sanción de Cárcel: Sí (máximo de 10 años) -Organismo fiscalizador: Departamento de Justicia -Delación compensada: Sí -Casos de colusión: En 2008, LG, Chunghwa Picture Tubes y Sharp, pertenecientes al distrito de California, fueron multados por conspirar y fijar los precios de paneles de cristal líquido, pagando una suma en total de US$ 585.000.000.

Perú

Multa: Hasta US$ 1.100.000 ó 12% de ventas o ingresos brutos -Sanción de Cárcel: No -Organismo fiscalizador: Instituto Nacional de la Defensa y de la Protección de la Propiedad Intelectual -Delación compensada: Sí -Casos: Del Oxígeno en 2010, se produjo un reparto del mercado en procesos de selección Essalud, para la compra de oxígeno medicinal líquido. Multas por US$ 6 millones para las compañías involucradas por la fijación de precios.

Unión Europea

-Multa: Entre 15 y 25% de las ventas anuales de las empresas (ó 10% de las utilidades anuales) -Sanción de Cárcel: No -Organismo fiscalizador: Comisión Europea -Delación compensada: Sí (según acuerdo) -Casos: En 2002 la Comisión Europea impuso una multa de un total de 167,8 millones de euros al fabricante japonés de videojuegos Nintendo y a siete de sus distribuidores oficiales en Europa por impedir las exportaciones desde países con precios bajos a países con precios altos. Sólo la multa impuesta al gigante nipón asciende a 149 millones de euros, por su su tamaño en el mercado afectado, debido a que impulsaba del comportamiento ilícito y debido a que continuó con la infracción incluso después de tener conocimiento de que se había iniciado la investigación.

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