6-12-13-KRA-881
¿UNA JUSTICIA SIN VENDA, SIN BALANZA, SÓLO CON LA
ESPADA?
Por Leonardo Boff

Al analizar el largo proceso de la Causa Penal 470 que
juzgó a los implicados en la denominada compra de votos para proyectos del
gobierno del PT, en medio de un montaje de espectáculo mediático, destacados
juristas de diversas tendencias han criticado la falta de imparcialidad así
como el carácter político de la sentencia.
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No vamos a entrar en el fondo de la causa penal 470
que acusó a 40 personas. Admitamos que hubo delitos, sujetos a las penas de la
ley. Pero todo el proceso judicial debe cumplir con dos reglas básicas del
derecho: presunción de inocencia y, en caso de duda, ésta debe favorecer al
acusado.
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En otras palabras, nadie puede ser condenado sin
evidencia material consistente; no puede serlo por indicios y deducciones.
Mientras hay duda, se beneficia al acusado para evitar condenas erróneas. La
Justicia como institución desde tiempos inmemoriales fue establecida
exactamente para evitar que se hiciera ajusticiamiento por la propia mano y se
condenase a personas inocentes, pero teniendo siempre en cuenta estos dos
principios fundamentales.
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En algunos Magistrados de nuestra Corte Suprema no
parece haber prevalecido esta norma básica del Derecho Universal. No soy yo
quien lo dice, sino destacados juristas de distintas procedencias. Me valgo de
dos de notable saber y gran respetabilidad entre sus pares. Me abstengo de
citar las críticas del notable jurista Tarso Genro por ser del PT.
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El primero es Ives Gandra Martins, 88 años, jurista,
autor de decenas de libros, profesor de la Mackenzie, del Estado Mayor del
Ejército y de la Escuela Superior de Guerra. Políticamente se encuentra en el
polo opuesto al PT sin que ello menoscabe su imparcialidad. El 22 de septiembre
de 2012 en la Folha de São Paulo (FSP) en una entrevista
de Mónica Bergamo con referencia a la condena de José Dirceu por conspiración dijo
claramente: todo el proceso que yo he leído no contiene ninguna prueba.
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La
condena se hizo basándose en indicios y deducciones, usando una categoría
jurídica cuestionable utilizada en la época del nazismo, la “teoría del dominio
del hecho”. José Dirceu, por la función que ejercía “debería saber”. Excluyendo
las pruebas materiales y negando el principio de presunción de inocencia y el
“in dubio pro reo “, se le enmarcó dentro de esa teoría. Claus Roxin, jurista
alemán que profundizó esta teoría, en una entrevista a la FSP del 11/11/2012
alertó sobre el error del STF al haberla aplicado sin pruebas. De forma
displicente, la Ministra Rosa Weber dijo al dar su voto: “No tengo prueba cabal
contra Dirceu, pero voy a condenarlo porque la literatura jurídica me lo
permite”. ¿Qué literatura jurídica? ¿La de los nazis o la del conocido jurista
del nazismo Carl Schmitt? ¿Puede una jueza del Supremo Tribunal Federal
permitirse tal liviandad ético-jurídica?
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Gandra es contundente: “Si yo tengo la prueba material del crimen, no necesito la teoría del dominio del hecho para condenar”. Pero dicha prueba no fue presentada. Los jueces se quedaron con los indicios y las deducciones. Advierte de la “inseguridad jurídica monumental” que se puede aplicar a partir de ahora. Si cualquier subordinado comete un delito y acusa al director, a éste se le puede aplicar la “teoría de dominio del hecho”, porque “debería saber”. Basta esta acusación para condenarlo. Otro notable jurista es Antônio Bandeira de Mello, 77 años, profesor de la Universidad Pontificia Católica de Sao Paulo, PUC-SP, en la misma FSP del 22/11/2013, afirma: “Ese juicio estuvo viciado de principio a fin. Las condenas fueron políticas. Se hicieron porque así lo determinaron los medios de comunicación. En realidad, el Supremo funcionó como la longa manus de los medios. Era un punto fuera de la curva”.
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Gandra es contundente: “Si yo tengo la prueba material del crimen, no necesito la teoría del dominio del hecho para condenar”. Pero dicha prueba no fue presentada. Los jueces se quedaron con los indicios y las deducciones. Advierte de la “inseguridad jurídica monumental” que se puede aplicar a partir de ahora. Si cualquier subordinado comete un delito y acusa al director, a éste se le puede aplicar la “teoría de dominio del hecho”, porque “debería saber”. Basta esta acusación para condenarlo. Otro notable jurista es Antônio Bandeira de Mello, 77 años, profesor de la Universidad Pontificia Católica de Sao Paulo, PUC-SP, en la misma FSP del 22/11/2013, afirma: “Ese juicio estuvo viciado de principio a fin. Las condenas fueron políticas. Se hicieron porque así lo determinaron los medios de comunicación. En realidad, el Supremo funcionó como la longa manus de los medios. Era un punto fuera de la curva”.
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Escandalosa y autocrática, sin consultar a sus pares,
fue la determinación del magistrado Joaquim Barbosa. En principio, los
condenados deben cumplir su condena lo más cerca posible a sus hogares. “Si yo
fuera del PT” ―dice Bandeira de Mello― “o de la familia, pediría que el
presidente del Supremo fuese procesado. Parece más partidista que hombre
imparcial”. Eligió el día 15 de noviembre, día de fiesta nacional, para llevar
a Brasilia, de forma ostentosa en un avión militar, a los prisioneros,
encadenados e incomunicados. José Genuino, enfermo y a quien se le había
desaconsejado volar, podría haber visto su vida puesta en peligro. Puso a todos
en prisión cerrada, incluso a aquellos que deberían estarían en prisión
semiabierta. Los detuvo ilegalmente antes de concluir el proceso con el
análisis de “embargos infractores”.
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El animus condemnandi (el deseo de condenar) y
de alcanzar letalmente al PT es innegable en las actitudes apresuradas e
irascibles del Magistrado Barbosa. Y todavía tuvimos que defenderlo contra
tantos prejuicios que oímos de muchas partes debido a su ascendencia
afrobrasilera. Contra eso afirmo siempre: “todos somos africanos”, porque fue
allí donde irrumpimos como especie humana. Pero no aceptamos las
arbitrariedades de este magistrado, culto pero enrabietado. Con el Magistrado
Barbosa la Justicia quedó sin venda porque no fue imparcial, abolió la balanza
porque no fue equilibrado. Sólo usó la espada para castigar, incluso contra los
principios del derecho. No honra su cargo y empequeñece la más alta instancia
jurídica de la Nación.
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Él, como dice san Pablo a los romanos: “aprisionó la
verdad en la injusticia” (1,18). La frase completa del Apóstol la considero demasiado
dura para aplicársela al magistrado.
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