Por Juan Andrés Guzmán y Gustavo Villarrubia
CIPER
El doctor James Hamilton fue “abusado sexual y psicológicamente por su director espiritual antes y después del matrimonio”. Así de taxativa es la sentencia definitiva de nulidad de su matrimonio religioso confirmada por el Tribunal Eclesiástico de Apelación hace pocos días. El fallo se pronunció además sobre la veracidad de los dichos de Hamilton y de los otros tres profesionales que acusaron a Karadima de abusos sexuales: “Su testimonio es sincero y veraz. Sus declaraciones concuerdan con las de los testigos. Los relatos son coherentes y convergentes”. El dictamen se convierte así en un precedente ineludible para el juicio canónico que enfrenta Karadima.
Dr. Hamilton |
En una vía paralela a la justicia civil y que para la Iglesia Católica reviste la máxima importancia, el Tribunal Eclesiástico de Apelación calificó como verdaderas -y por segunda vez- las graves acusaciones del doctor James Hamilton en contra del sacerdote Fernando Karadima.
El dictamen confirmó por decreto la sentencia de mayoría del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano de Santiago emitida el 27 de agosto pasado, cuando tres jueces afirmaron que Hamilton fue “abusado sexual y psicológicamente por su director espiritual, antes y después del matrimonio”, por lo cual su matrimonio era nulo.
El tribunal de apelación, integrado por los sacerdotes Jaime Ortiz de Lazcano Piquet (vicario judicial), Jorge Murillo y monseñor Juan Luis Ysern, vicario judicial del Tribunal Metropolitano del Arzobispado de Santiago, confirmó la primera semana de noviembre la sentencia anterior en un breve fallo.
Con esta resolución no sólo se anula ante la Iglesia Católica el vínculo matrimonial de Hamilton con María Verónica Miranda, sino que también el Derecho Canónico valida la principal causal invocada por la pareja: el abuso reiterado de Karadima. Y en ello, el fallo es claro y taxativo.
El tribunal de primera instancia remarcó “la gravedad del impacto destructor profundo que la situación de abuso produjo en el señor Hamilton, hasta el punto de hacerlo perder la claridad para distinguir entre el bien y el mal, lo correcto de lo incorrecto. Y de saber si él era el inductor o el inducido, el culpable o la víctima”.
El tribunal de segunda instancia refrendó ese fallo en todos sus puntos centrales.
Las revelaciones del fallo
La sentencia de primera instancia concedió la nulidad del matrimonio de Hamilton y María Verónica por dos votos contra uno el 27 de agosto de 2010. Fue emitida por su presidente, el presbítero Eugenio Zúñiga San Martín (quien ofició como juez instructor, investigador y relator de la causa); y los jueces monseñor Bernardo Herrera y el sacerdote Miguel Ángel Ferrando Palacios.
En el documento oficial del tribunal, que se constituyó por primera vez el 12 de junio de 2009, se identifica a James Hamilton como el “actor” y a su ex esposa como la “convenida”. Su misión: discernir si las causales invocadas por los contrayentes eran validas para anular el matrimonio religioso realizado el 20 de octubre de 1992.
Ex Párroco Karadima |
El fallo comienza relatando los antecedentes familiares de Hamilton. En esas páginas está la separación de sus padres cuando él tiene 10 años; el momento en que su padre asesina a la nueva pareja de su madre y termina en la cárcel y la soledad y vulnerabilidad emocional que ello le provoca. Allí se produce su encuentro con Karadima, quien lo acoge, se ofrece a ser su padre espiritual y a mostrarle el camino a la santidad.
Después de entrevistar a los testigos sobre esta etapa de la vida de Hamilton y de María Verónica, el tribunal concluye que: “Lo que hemos recogido hasta ahora muestra que el Actor, desde el comienzo, entregó su persona, su presente y su futuro en manos de quien era en algún sentido su padre y en otro sentido el director de su conciencia. Su aspiración a ser sacerdote, que veía en otros jóvenes de la parroquia, lo estimulaba a esa entrega. Los abusos sufridos generaron una especie de complicidad en el mal, cuya clave tenía el sacerdote en sus manos. Él le decía lo que había que hacer en todos los terrenos. En lo espiritual, en lo parroquial y en lo afectivo".
Diversos testigos corroboran el poder de Karadima sobre Hamilton. Su madre declara: “Yo fui poco punto de referencia válido para Jimmy: lo era el padre Karadima, El mandaba y ordenaba toda su vida, hasta las vacaciones”.
El tribunal eclesiástico sentenció además que el influjo total de Karadima dio como resultado “una negación de lo que le decía su conciencia y un sometimiento a la conciencia de otro, que le dictaba lo que tenía que hacer hasta en las cosas menores y domésticas”. Y concluye: “Se ve así la anulación completa de la persona en su intimidad y la grave falta de discernimiento en las decisiones fundamentales de su vida”.
Todos los testimonios que se recibieron en el tribunal son coincidentes. Salvo uno. Un testigo que no es identificado declaró: “Este matrimonio fue normal hasta que sus niños tenían 10 años con toda la familia incorporada a la parroquia. Pero el padre de la señora Miranda les regaló una casa en un condominio a todos sus hijos. Allí se produjo una atracción del doctor Hamilton por la hermana de la señora Verónica. El padre Fernando le dijo que se cambiara de casa. Tengo la impresión de que la verdad es que Jimmy se enredó con su cuñada y que, como consecuencia de eso, ha querido terminar su matrimonio. He conversado con la señora Miranda y ella cree que él le ha sido infiel con su hermana. Lo que no cree es que el señor Hamilton se casó con ella obligado por el padre Fernando”.
Este testimonio se parece mucho a lo sostenido por el sacerdote Juan Esteban Morales a otros protagonistas y testigos de esta historia que tuvo como escenario principal la Parroquia de El Bosque.
No obstante, el tribunal no consideró la veracidad de ese testimonio. Por el contrario, en su sentencia queda claro que los jueces eclesiásticos quedaron convencidos de que Hamilton dice la verdad: “Estimamos que su testimonio es sincero y veraz.
Un punto central del fallo del Tribunal Eclesiástico Interdiocesano de Santiago –ratificado por el Tribunal de Apelación-, que puede dar luces sobre lo que viene en el proceso canónico en contra de Karadima, es que sus jueces toman posición respecto a la veracidad de los testigos: “Aunque este juicio es de carácter matrimonial y no penal, debemos pronunciarnos acerca de la veracidad de los testigos y de la verosimilitud de sus testimonios”.
Para determinar el punto clave del proceso, el tribunal preguntó a los peritos sobre la posibilidad de que la acusación de fondo –los abusos por parte de Karadima-, fueran mentira.
Al respecto, el tribunal resume: “Los peritajes sostuvieron que el Actor padecía un trastorno de dependencia, pero que ese trastorno no es capaz de sustentar la hipótesis del invento de una historia como la narrada por él y los testigos. En segundo lugar, su historia está avalada por el resto de los antecedentes recogidos, a lo que se puede agregar que resulta impensable que el Actor y los testigos se coludieran para contar una misma historia cuyos detalles muestran conocimientos cercanos y experiencia”.
En su sentencia el tribunal también descarta el argumento de que Hamilton sea la fuente de todas las narraciones (acusaciones). “Eso no es verdad, porque están los testimonios del señor Cruz y el señor Murillo que padecieron idénticos abusos”.
Así, mientras la justicia civil está cerrando el proceso en contra de Karadima por abusos sexuales y de conciencia, por no haberse encontrado menores de edad entre las víctimas, dos instancias de la justicia eclesiástica confirmaron en una sentencia definitiva, no apelable, que el ex párroco de El Bosque sí cometió abusos y anuló la voluntad de quienes estaban bajo su alero moral como guía espiritual.
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