12-3-2014-KRADIARIO-Nº888
EN MATERIA DE CIUDAD EL GOBIERNO DE PIÑERA LO HIZO MAL
Por Patricio Herman
Fue muy descriptivo y
fuerte el reportaje “El asesor del Minvu que instaló leyes de amarre que
favorecen negocios inmobiliarios”, divulgado a fines de febrero de 2014 por
Ciperchile. Para quienes conocemos los sectores de Vivienda, Urbanismo, Medio
Ambiente, Obras Públicas, Transportes, Telecomunicaciones y Patrimonio
Histórico, no fue de alto impacto ese artículo porque estamos al tanto de la
impudicia que emplean muchos de los actores privados que se desenvuelven
productivamente en esas esferas.
Son infinitos los
ejemplos de malas prácticas utilizadas por muchos actores del sector privado
para abusar de un Estado que hasta ahora no ha ejercido su rol conductor y lamentablemente
en diversas ocasiones esos astutos inversionistas han contado con la ayuda de
funcionarios públicos para obtener ventajas en sus negocios, quebrantando así
la regla primaria del sistema económico de libre mercado, cual es, actuar en
igualdad de condiciones con sus competidores y haciendo realidad la llamada
Responsabilidad Social Empresarial, manida frasecita recurrentemente usada en
los coloridos avisos propagandísticos que se publican en los medios de prensa
de los consorcios periodísticos que reciben los mayores subsidios del Estado.
Foto KRADIARIO |
En esta ocasión daremos conocer algunos pocos ejemplos que contradicen
abiertamente ambos instrumentos, el primero indicativo y el segundo normativo. Lo que diremos a continuación
pone de manifiesto la enfermiza idea de la derecha política que sostiene que
solo los privados deben intervenir con sus inversiones en las ciudades y por
ello existe la completa privatización de las urbes con los perjuicios sociales
y ambientales que todos conocemos.
Vamos al grano
respecto de ciertos amarres non sanctos de última hora:
1.- Nos pareció mal
que el MOP apresurada y recientemente le haya entregado el negocio de la
concesión de la fracción más extensa de la autopista Américo Vespucio Oriente a
las empresas extranjeras OHL y Sacyr, ello porque la primera en el año 2011
interpuso una demanda judicial en contra del Estado chileno con ocasión de la
construcción e instalación de equipamientos en el nuevo hospital militar,
localizado en la comuna de La Reina. Si algún lector se interesa en conocer la
tramitación de este juicio puede acceder al Rol Nº 28.644-2011 radicado en el
27º Juzgado Civil de Santiago. Respecto a Sacyr, en el noticiero de TVN del miércoles
5 de marzo de 2014 sus periodistas fueron bastante gráficos para denunciar el
ardid cometido por esa empresa constructora para no someter su obra vial al
estudio de impacto ambiental que le correspondía: la concesionaria sostuvo como
cualquier “cara e´palo” que la autopista era una “autovía”, con lo cual se
liberaba de someterse a la Ley.
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El Minvu fue el promotor de este modelo de negocio que favorece, por las
consabidas plusvalías económicas derivadas del cambio de uso de suelo, a cierta
cantidad de particulares interesados. Este caprichoso cambio en las reglas del
juego fue publicado el 26 de noviembre de 2013 en el Diario Oficial. Claro que
el Minvu cometió un error garrafal en su iniciativa mercantil porque consideró
en las 10.000 hectáreas a un gran número de predios rústicos acogidos al DL
3516, los que no pueden ser urbanos por disposición legal: el listado respectivo obra en nuestro poder
porque conforme a la Ley de Transparencia esa información oficial, a nuestro
requerimiento, nos fue suministrada por el Servicio de Impuestos Internos
(SII), de tal forma que ahora corresponderá que los tribunales de justicia
anulen la Resolución administrativa firmada por el intendente Peribonio.
3.- Después de una acuciosa y completa investigación a nivel país de todos
los proyectos inmobiliarios que no se adscribían a la normativa de Vivienda y
Urbanismo, ciertos funcionarios y apitutados asesores de alto nivel del Minvu
publicaron en el Diario Oficial del 12 de diciembre de 2013 el Decreto
misceláneo Nº 1, mediante el cual cambiaron discrecionalmente ciertos artículos
de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) para convertir
esas inversiones en legales. Este delicado e ilegítimo proceder de un servicio
público se lo dimos a conocer a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de
la cámara de diputados con el propósito de que sus nuevos integrantes, de
acuerdo a sus facultades fiscalizadoras, inicien una investigación
parlamentaria citando al titular de ese díscolo ministerio.
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4.- El 3 de marzo de 2014 el arquitecto Julio Poblete publicó en La Tercera
la columna de opinión “Prueba de legalidad” denunciando que no siempre los
Planes Reguladores Comunales (PRC) se ciñen a las disposiciones legales de
mayor jerarquía. El autor del opúsculo entregó ejemplos respecto de los usos de
suelo e incentivos normativos que contradicen las disposiciones legales,asegurando que estos errores se producen porque
la Contraloría General de la República (CGR) no toma razón de los PRC donde
existen planes reguladores intercomunales, dando como ejemplo el
caso de esta saturada región que sí cuenta con un Plan Regulador Metropolitano
de Santiago (PRMS). La CGR revisa la legalidad de aquellos instrumentos
urbanísticos locales, después del informe favorable del Seremi de Vivienda y
Urbanismo, solamente en los casos en donde no existen planes reguladores
intercomunales.
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Acto seguido afirmó que le llamaba la atención que no exista más celo en la revisión de legalidad de los planes reguladores comunales, añadiendo que aún “nadie proponga restablecer la revisión de la Contraloría a todos los casos” (sic). En este sentido expresamos que, consciente del vacío legal que vivimos, con fecha 24 de octubre de 2012 le representamos esta engorrosa situación a la CGR, la que en su dictamen Nº 71175 del 16 de noviembre de 2012 nos respondió que las resoluciones municipales, conforme al artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se encuentran exentas del trámite de toma de razón, pero que en aras de la buena administración sería razonable que el ente de control examinara tales decretos municipales y para tal propósito el contralor Ramiro Mendoza tuvo la buena idea de enviarle copia de nuestra presentación y de su dictamen a los ministros de la Secretaría General de la Presidencia y de Vivienda y Urbanismo “para su conocimiento y fines que estimen pertinentes”. Estos dos ministros no han hecho nada para mejorar la institucionalidad en esta sensible materia y por ello se siguen cometiendo los errores que dio a conocer el arquitecto Poblete.
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5.- En todas las zonas del país declaradas
latentes o saturadas de contaminantes, que cuenten o no con Planes
Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), los proyectos
inmobiliarios, de ciertas envergaduras, fijadas en el reglamento de la Ley
Ambiental deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA),
ello para cuidar la salud de la población. Tales análisis que en ocasiones
imponen condiciones y medidas reparatorias a los titulares de los proyectos se
llevan a cabo a través de “declaraciones” o “estudios” y en general, con
algunas cuantas excepciones, la administración se ha preocupado para que se
cumpla la ley acorde al artículo 11º de la misma.
Pero accediendo a las presiones del influyente sector económico que se
desenvuelve en la explotación del recurso suelo, el debilucho Servicio de
Evaluación Ambiental (SEA) determinó, vía un simple reglamento, publicado el 24
de diciembre de 2013 en el Diario Oficial, que los proyectos inmobiliarios ya
no se someterán al SEIA. Es decir, todos los polémicos malls, sin importar sus cargas de ocupación
y todos los diversos tipos equipamientos de alto impacto en los barrios de las
ciudades estarán libres de cumplir la Ley. En razón a que esta
decisión del gobierno no resiste mayor análisis, ya que un reglamento no puede
ir más allá de lo que establece la ley, suponemos que esta “travesura” en el
corto plazo se dejará sin efecto.
6.- Todos sabemos que las calles son bienes nacionales de uso público que
le pertenecen a la nación, ello según el Código Civil y el DL 1939 del
Ministerio de Bienes Nacionales, pero en estos días el Seremi de Vivienda y
Urbanismo, accediendo a la solicitud de una empresa constructora que dispone de
un sitio que enfrenta una vía determinada en el sector de Américo Vespucio,
Vasco de Gama y Martín Alonso de Pinzón, comuna de Las Condes, trasladó los documentos
necesarios al Seremi de Bienes Nacionales para que este servicio apruebe la
desafectación de esa vialidad y se la venda directamente al privado que la
necesita para ampliar su terreno y por lo tanto para mejorar la rentabilidad de
su negocio inmobiliario consistente en dos elevadas torres
habitacionales en un sector que ya no resiste mayores flujos vehiculares.
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Podríamos escribir
cientos de páginas demostrativas del “laissez faire” vigente en este ámbito de
materias, pero consideramos que con estos sucintos ejemplos las nuevas
autoridades sectoriales ordenarán la casa y así, a partir del martes próximo
Alberto Undurraga, Paulina Saball, Pablo Badenier, Víctor Osorio y Claudio
Orrego, conforme sus propias atribuciones legales, adoptarán las decisiones que
en rigor correspondan.
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