18-3-2014-KRADIARIO-Nº889
LA LEY MONSANTO: DOCUMENTACIÓN
El proyecto de Ley Monsanto, ingresada al Congreso durante la anterior
administración de Michelle Bachelet, buscaba aplicar en Chile la adhesión al
convenio UPOV 91 destinado a proteger los derechos de propiedad intelectual de
quienes crean nuevas variedades vegetales para la industria agroalimentaria.
Tras un análisis en este Gobierno se
determinó que dicha iniciativa se retiraraba del parlamento, tal como se
comprometió su sector político en campaña.
La Moneda ha calificado la Ley
Monsanto como “un atentado a la soberanía nacional y un atentado a la
biodiversidad”. La pregunta es ¿por qué fue presentada entonces en el anterior
Gobierno de Bachelet?
La ministra Ximena Rincón
también remarcó ese punto, asegurando que se decidió retirar ese proyecto que
apunta a obtentores vegetales del trámite legislativo, para hacer un análisis
que recoja todo lo que se ha conocido tanto en Chile como en el extranjero
sobre la materia y que resguarde los derechos de las comunidades agrícolas,
como también el patrimonio de las semillas en nuestro país.
Hablar
de la denominada “Ley Monsanto” es hablar de dos aristas en el uso de las
semillas para la agricultura: Los avances científicos para mejorar los
vegetales, y la protección de derechos intelectuales de quienes manejan esa
tecnología. Es allí donde surgen las dudas: ¿Nos invadirán los transgénicos?
¿Hay riesgos para la salud? ¿Se beneficia sólo a grandes empresarios o a todo
agricultor?
¿Por
qué Monsanto?
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Llegó
a Chile el 2005 y domina el 36% del mercado de semillas, tanto para el mercado
interno como la exportación, en el caso de transgénicas. Todo ello le reporta
una ganancia anual superior a los 50 millones de dólares. Cifras que para sus
detractores la harían una de las principales beneficiadas al ver ampliados sus
derechos de propiedad con la nueva ley.
Sin
embargo, Monsanto se defiende y
asegura que no se verán ni beneficiados ni perjudicados por esta ley, indicando
que -por ejemplo- hay otras firmas que poseen un mayor número de variedades
protegidas. De hecho, el Registro de
Variedades Agrícolas Protegidas del SAG es liderado por la
holandesa HZPC Holland B.V con 27 especies; seguida del INIA, dependiente del
Ministerio de Agricultura, con 24; y en tercer lugar aparece Monsanto con 22
variedades, seguida de Semillas Baer (padre de la senadora von Baer), con 16.
Convenio
UPOV
Chile
adhirió en 1994 al convenio creado en 1978 por la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales
(UPOV), con una ley adecuada a nuestro país, con el fin de
resguardar derechos de propiedad a personas o empresas que hayan creado
semillas, por ejemplo, de papa o maíz más resistente a enfermedades o al clima.
Este convenio se revisó y modificó en 1991 y es por ello que el año 2009 se
presentó el nuevo y polémico cuerpo legal que pretende actualizar
la normativa.
Y
es ahí donde nace la primera confusión: tanto el convenio como el proyecto en
Chile NO regulan los transgénicos. Lo que hacen es proteger los derechos de
quienes crean nuevas semillas, sin distinguir si utilizaron medios naturales
tradicionales, o la biogenética en un laboratorio. Eso sí, los fundamentos del
proyecto nacional apuntan a impulsar la tecnología, particularmente en lo
referido al “uso de la biología molecular y la ingeniería genética”, según se
lee en el texto.
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¿Qué
se entiende por transgénicos?
Gran
parte de la confusión actual radica en las definiciones técnicas. Un
transgénico se entiende como un ser vivo creado en laboratorio, a partir de la
incorporación de genes externos, usando para ello herramientas modernas de la
biología molecular, según la definición que establece el Convenio de
Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.
Esta
ingeniería permite introducir ADN de una especie a otra, incluso de un animal a
un vegetal, para así aportarle características especiales, como la resistencia
a determinados climas, herbicidas y plagas. Esta combinación de genes
difícilmente se lograría de forma natural y es esa la diferencia con las
semillas modificadas por tecnología de menor complejidad y los medios
utilizados por agricultores, que manejan conocimientos tradicionales, incluso
ancestrales.
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En
Chile está prohibida la producción de alimentos y semillas transgénicas para su
comercialización interna, lo que no quiere decir que estén lejos. Muchos de los
cereales, la soja, aceites y golosinas, que pasan hace varios años por nuestras
mesas, son fabricadas en base a este tipo de organismos. Mucha de la carne que
consumimos también proviene de ganado criado con alimento transgénico
importado. La importación de estos productos es evaluada por la autoridad
sanitaria, caso a caso, tomando en cuenta las autorizaciones del país de origen
y de acuerdo a la Norma Técnica del Reglamento Sanitario de los Alimentos.
Semillas
prohibidas
Pese
a la prohibición del mercado interno, Chile posee más de 35.500 hectáreas
dedicadas a la producción de semillas transgénicos, pero sólo para exportación
e investigación, siendo reguladas y autorizadas por el Servicio
Agrícola y Ganadero (SAG). De hecho, Chile es uno de
los mayores exportadores de este tipo de semillas en el mundo.
El
bioquímico de la Universidad Católica y académico de la U. Andrés Bello,
Gabriel León, explica que la eventual aprobación de la Ley de Obtenciones no
cambia en nada esta prohibición, pues la regulación de los transgénicos depende
de otro cuerpo legal: la moción sobre Bioseguridad de Vegetales Genéticamente Modificados,
que duerme en el Congreso desde el 2006, y que el gobierno de Sebastián Piñera
pidió sustituir el 2011 por un nuevo texto.
Algo
con lo que concuerda Iván Santandreu, biólogo y vocero de “Chile sin
Transgénicos”, una de las principales organizaciones opositoras a la Ley de
Obtentores. Sin embargo, apunta que la “Ley Monsanto” permite el registro de
variedades genéticamente modificadas, lo que sería funcional a una futura
liberación de este tipo de cultivos. “Existe una intencionalidad tras esto, eso
es evidente”, señala.
El
temor a la privatización de la semilla nativa
Santandreu
afirma que la ley permite a un empresario tomar una semilla autóctona que
encontró en una quebrada, introducirle pequeños cambios para “ponerla a punto”
y así convertirse en su obtentor, por ser el “descubridor” de esa variedad
desconocida; “al estilo de Cristóbal Colón”, dice. A su juicio, grandes
transnacionales podrán apropiarse de semillas mejoradas por pueblos originarios
y pequeños agricultores, que históricamente las han intercambiado sin registrar
ni cobrar por su propiedad intelectual.
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Por
su parte, Gabriel León indica que las semillas autóctonas no podrán ser
apropiadas por cualquiera, ya que el obtentor está obligado a comprobar ante el
Servicio Agrícola y Ganadero que la variedad a inscribir es de su creación,
debiendo detallar la forma en que la obtuvo.
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En
el papel, el acta de la UPOV 91 señala que quien desee proteger una
variedad, debe comprobar que ésta es “nueva, distinta, homogénea y estable”; es
decir, que no sea “notoriamente conocida”. También define al obtentor como “la
persona que haya creado o descubierto y puesto a punto una variedad”, y es ahí
donde se produce un importante malentendido, pues de acuerdo a lo explicado por
León, en las notas aclaratorias del convenio, se indica que “el mero
descubrimiento o hallazgo no permite la protección. Se necesita
desarrollo“.
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En
la misma línea, el proyecto para aplicar el convenio en Chile señala en su
artículo primero que la protección al obtentor “se concederá salvaguardando y
respetando tanto el patrimonio biológico y genético como los conocimientos
tradicionales nacionales”. Así, las semillas nativas quedarían “con derechos
libres”, explica León, correspondiendo al SAG la vigilancia de este patrimonio.
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Pero
todo esto “se queda en las intenciones”, afirma el vocero de Chile sin
Transgénicos, quien desestimó aquella protección del patrimonio nacional, pues
señala que en el resto del articulado no se especifica de qué forma se hará, y
es por ello que temen que esta nueva ley ayude a que grandes empresas avancen a
un control total del mercado, al desplazar paulatinamente las semillas nativas
y con el tiempo, convertir a todo agricultor en un cliente cautivo de sus
productos.
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¿Se
pueden reutilizar las semillas protegidas?
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Hasta
hoy, un agricultor que compró a una empresa semillas mejoradas, puede volver a
sembrarlas tras la cosecha. La nueva ley restringe esta práctica, con el fin de
que el creador de la variedad obtenga derechos también por la semilla “de
segunda generación”. Para Santandreu esto significa un atentado contra los
pequeños campesinos que históricamente reutilizan sus semillas, lo que sin
embargo -señala- podría ser evitado con modificaciones al actual proyecto.
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Para
Gabriel León, la cosa no es tan así. El bioquímico precisa que el UPOV
establece restricciones a la resiembra, pero deben ser determinadas por cada
país. En el caso chileno, el reglamento de la Ley de Obtenciones indica que los
agricultores podrán resembrar las semillas que obtengan en un área no mayor a
la que sembraron originalmente. “Es decir, si compraron semillas para 10
hectáreas, no pueden sembrar más de 10 hectáreas con las semillas que
obtengan”, puntualiza
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