Joan Garcés: "España está obligada a extraditar o
juzgar" a los torturadores franquistas
El prestigioso jurista que se puso al frente de la
defensa de Herve Falciani, Joan Garcés, sostiene que la decisión de la jueza
argentina María Servini de Cubría de imputar y pedir la captura internacional
de cuatro de los acusados en la querella contra los crímenes franquistas abre
horizontes políticos y judiciales inexplorados para las víctimas de la
dictadura.
Entrevistado por Natalia Chientaroli de eldiario.es, Garcés
se refirió a la importancia de este auto de la juez Servini de Cubría
para la justicia internacional y para las víctimas de delitos cometidos durante
el franquismo en España.
Dijo que abría “la protección del espacio judicial del
Convenio Americano de Derechos Humanos a las víctimas republicanas cuyos
crímenes siguen impunes en España, después de que entre 2008 y 2013 acciones
coordinadas desde el Estado español les cerraran el espacio del Convenio
Europeo de Derechos Humanos. La querella inicial fue interpuesta en Buenos
Aires un 14 de abril (de 2010), en homenaje al aporte que los juristas republicanos
hicieron a la nación argentina, entre ellos el penalista Prof. Jiménez de Asúa,
uno de los redactores de la Constitución de la República española de 1931.
De momento no hay una orden de extradición sino un pedido
de detención preventiva (en el marco del procedimiento de extradición previsto
en el tratado de extradicion y asistencia penal...).
Las etapas subsiguientes están normadas en los convenios
bilaterales y multilaterales vigentes entre España y Argentina, que vinculan a
ambos países.
- ¿Este
procedimiento necesita una decisión política para activarse?
La decisión de solicitar la detención a efectos de
extradición es judicial, y ha sido tomada el 18 de septiembre por la Juez
Federal de Argentina.
A los cuatro imputados por la juez se les pretende juzgar
por el delito de torturas, tipificado en el Código Penal argentino, y que es
delito también en España.
- Pero si
España no cumple con la extradición y no van a declarar a Argentina no se les
puede juzgar, ¿verdad?
España está obligada a respetar y aplicar el principio
jurídico que dice "o los extraditas o los juzgas", que busca evitar
la impunidad. Los argumentos de la denuncia se basan en el principio de
justicia universal y en los acuerdos a los que España está suscrito, como el
convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales.
- ¿Un país
puede incumplir deliberadamente con este pedido? ¿Con qué argumentos?
La decisión de la justicia argentina es trascendente en
sí misma y abre horizontes políticos y judiciales inexplorados más
trascendentes aún. Según cómo se desarrollen los hechos, cabría la posibilidad
de que, en su momento, algún Estado de la Comunidad Iberoamericana, en el
interés de sus propios miembros y de la Humanidad, pudiera demandar a la Corte
Internacional de Justicia una opinión consultiva sobre el incumplimiento por
España, hoy, de sus obligaciones según el Convenio sobre la prevención y sanción
del genocidio en relación con la destrucción del grupo nacional republicano
español. Esa sería una decisión política soberana. O también que se inicien
acciones de compensación económica ante Tribunales de América contra empresas
españolas, hoy con inversiones en América, sucesoras de las que se beneficiaron
del trabajo esclavo de republicanos españoles entre 1936 y los años cincuenta.
Esa es una iniciativa que está en manos de los familiares herederos de los
trabajadores forzados. Existe una jurisprudencia internacional al respecto
desde que Krupp, Farben y otras grandes empresas privadas fueron juzgadas y
sancionadas por explotar a trabajadores forzados en Alemania.
- La Ley
de Amnistía es desmontada con argumentos jurídicos por la juez Servini de
Cubría. ¿El Gobierno se podría amparar en ella?
La ley española de amnistía de 1977, si se interpreta y
aplica conforme al derecho internacional vinculante para España, no hace falta
ni abrogarla ni modificarla. No cubre los delitos de genocidio ni de lesa
humanidad prohibidos desde antes de 1936.
- ¿Por qué
cree que no han prosperado las denuncias presentadas por crímenes franquistas
en los tribunales españoles desde 2006?
Por razones conocidas. Entre otras, porque fueron
resueltas en último extremo por la cúspide del Tribunal Supremo cuando la mayor
parte de los integrantes que la formaban eran, y son hoy, magistrados que
juraron lealtad a los Principios del Partido Único Fascista y al Caudillo y que
rechazaron ser recusados cuando se les hizo presente este aparente conflicto de
intereses.
- ¿Y
tampoco en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
Sucesivas resoluciones del TEDH en 2012-2013 han negado a
admitir a trámite denuncias de matanzas y crímenes de lesa humanidad cometidos
de manera continuada contra españoles entre 1936 y 1977. En contraste, el
tribunal condenó a Rusia por negarse a investigar la matanza de los bosques de
Katin en 1940. No se puede perder de vista que entre 1936 y 1939 cuerpos del
Ejército profesional de Alemania e Italia mataron a miles de civiles desarmados
en Barcelona, Mallorca, Valencia, Guernica y muchos otros lugares de España.
- No atender este exhorto por parte del
Gobierno español ¿en qué lugar dejaría a España?
La tramitación de la petición argentina ofrece a España
una oportunidad para actualizarse y dejar de ser el único país de Europa que no
ha investigado los crímenes de lesa humanidad cometidos en el Siglo XX.
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