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miércoles, 5 de septiembre de 2012

REFORMA CONSTITUCIONAL O ASAMBLEA CONSTITUYENTE


Por Pedro Felipe Ramírez (*)

Ante la demanda de una Nueva Constitución hay quienes hemos planteado que sea redactada por una Asamblea Constituyente. Frente a esto, hay quienes han rechazado esta propuesta y señalado que es el Congreso el ente adecuado para realizar Reformas Constitucionales.

El artículo 127 de la Constitución establece:

“El proyecto de reforma (constitucional) necesitará para ser aprobado en cada Cámara el voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio. Si la reforma recayere sobre los capítulos I, III, VIII, XI, XII o XV, necesitará, en cada Cámara, la aprobación de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio.”

Estos capítulos son:

I Bases de la Institucionalidad

III De los Deberes y Derechos Constitucionales

VIII Tribunal Constitucional

XI Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública

XII Consejo de Seguridad Nacional

XV Reforma de la Constitución

En el caso de reformas que sólo necesitan de las tres quintas partes de los miembros de cada Cámara, se requieren 72 diputados y 23 senadores. Cuando se trata de reformas que exigen los dos tercios, estas cifras se elevan a 80 diputados y 26 senadores.

Suponiendo que la derecha no doble en ningún distrito ni circunscripción en la próxima elección parlamentaria del 2013, para que la actual Oposición obtenga 72 diputados en la próxima elección parlamentaria, requiere doblar en 12 distritos de los 60; para obtener 80 diputados necesita doblar en 20 distritos.

En el caso del Senado, para que llegue a 23 senadores requiere doblar en 4 de las 10 circunscripciones que se renuevan; para alcanzar 27 senadores, necesita doblar en 7 de ellas.

Y todo esto sin considerar muy probables defecciones de algunos diputados y senadores que muchas veces votan con la derecha.

En resumen: para que la oposición logre reformas constitucionales en el Congreso necesita obligatoriamente llegar a un acuerdo con la derecha, lo que significa que sólo se pueden obtener reformas marginales que nada sustantivo cambiarán. De aquí que la única manera de generar una nueva Constitución, efectivamente democrática, es a través de la elección de una Asamblea Constituyente.

(*) El autor fue ministro de Minería de Salvador Allende y es actual dirigente de la Izquierda Cristiana.

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