ESCÁNDALO
DESBARATAN UN NEGOCIO MUY TRUCHO EN
VIÑA DEL MAR
Por Patricio Herman
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Felicitamos a los vecinos organizados de esa ciudad
balneario quienes, con sólidos argumentos técnicos y con la valiosa asistencia
del abogado Rodrigo Avendaño, después de mucho batallar, lograron que un mall
de alto impacto no se construya en base a un permiso de edificación del año
2000, ¡14 años atrás!
Este tipo de actos administrativos caducan a los 3 años si
no se han ejecutado en el terreno las excavaciones del proyecto consultado en
tal permiso. Las obras se iniciaron a fines del 2013, como vemos, vulnerándose
abiertamente la ley.
En razón a que nos hemos relacionado con esos buenos
ciudadanos viñamarinos y porque majaderamente, suministrando toda la
documentación atingente, le hemos solicitado al presidente de la Comisión de
Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados que ese cuerpo colegiado
iniciara una investigación parlamentaria por las malas actuaciones de diversos
funcionarios del gobierno central, sin que esos diputados se hayan atrevido a
ejercer sus roles fiscalizadores, por lo que estimamos necesario relatar en
pocas palabras de qué se trata el episodio.
En efecto, los funcionarios porteños de la Administración
del Estado al no ejercer sus facultades posibilitaron la construcción del mall
Marina Arauco 2 en un sector residencial de calles angostas, cuyos propietarios
Ripley, Parque Arauco y Paris (Cencosud), con la connivencia de aquellos que se
resistían a fiscalizar, se acogieron a las normas de edificación
sustantivamente más permisivas de casi 3 lustros en el Plan Regulador Comunal
(PRC) de Viña del Mar.
Todos aquellos relacionados con la materia sabíamos de
antemano que el permiso de edificación cursado por el Director de Obras el 29
de junio del año 2000 había caducado automáticamente a los 3 años de su emisión
tal como lo ordena el artículo 1.4.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones (OGUC), pero el avispado titular del proyecto -Inmobiliaria Mall Viña del Mar S.A.- hacía
caso omiso de esa perentoria disposición.
Los vecinos denunciaron el caso en la propia Dirección de
Obras Municipales y ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la V Región, pero
como estos organismos públicos siempre miraban para el lado, se vieron en la
obligación de denunciar los hechos en la sede regional porteña de la
Contraloría General de la República, instancia que trasladó todos los
antecedentes a la sede central para que así el contralor Ramiro Mendoza
ejerciera sus potestades que le entrega la Ley Nº 10.336 Orgánica
Constitucional de la misma.
En el ínterin, exactamente el 20 de octubre de 2014, la
fundación Defendamos al Ciudad, presentó un reclamo ante el díscolo Seremi
describiendo el desarrollo de los hechos, ello con el propósito de que el
destinatario hiciera valer el marco regulatorio. A esta fecha y a pesar de que
los funcionarios públicos tienen la obligación de pronunciarse cuando son
requeridos, no se conoce su respuesta.
Pero el 11 de diciembre de 2014, es decir recién, la
Contraloría General se pronunció con apego estricto a la ley, dejando de
manifiesto que las habilidosas interpretaciones formuladas por los agentes
públicos porteños para que no caducara ese antiguo permiso eran inútiles. En el
dictamen Nº 95979 de la fecha indicada se dejó mal parado al anterior Seremi,
hoy flamante alta autoridad en la Municipalidad de Viña del Mar y resaltamos
que para resolver, el ente fiscalizador escuchó tanto al privado como a los
funcionarios sectoriales.
Acorde a lo fijado en dicho dictamen, ahora la Contraloría
Regional de Valparaíso iniciará la instrucción de un procedimiento
disciplinario para investigar las situaciones observadas en lo concerniente a
la caducidad del añoso permiso, ello con el objeto de determinar las
responsabilidades de aquellos funcionarios involucrados.
Hay que tener en claro que los dictámenes de la Contraloría
revisten fuerza obligatoria para los órganos de la Administración, de modo que
su eventual falta de aplicación, es decir desobediencia, por parte del Seremi
actual y/o del Director de Obras Municipales en ejercicio, significaría una
grave transgresión del artículo 9º de la Ley Nº 10.336 ya mencionada.
Estamos seguros que lo anterior no sucederá, pero por pudor
profesional, todos los funcionarios que han intervenido en esta comedia de
equivocaciones debieran renunciar indeclinablemente a sus cargos y aprovechando
sus conocimientos adquiridos en el aparato público, insertarse en el sector
privado.
En resumen, como el permiso de edificación del año 2000
caducó, la inmobiliaria está en su
derecho de recurrir en contra de la Contraloría en los tribunales de
justicia y ahí se verán las caras los abogados del Consejo de Defensa del
Estado (CDE), que representan al Contralor, y los abogados santiaguinos de los
grupos económicos que quisieron pasarse
de listos. No tenemos ninguna duda que el derecho a pataleo de la inmobiliaria
será en vano pues la instancia judicial confirmará el contundente dictamen de
la Contraloría.
De esta manera, si el inversionista desea establecer allí un
retail, el pretendido mall se transformará en un amigable strip center, ello en
atención a las actuales y restringidas normas urbanísticas contenidas en el PRC
de Viña del Mar.
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