REFORMA LABORAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECHAZÓ LA TITULARIDAD SINDICAL Y TAMBIÉN PARCIALMENTE LA IMPUGNACIÓN CONTRA LA EXTENSIÓN DE BENEFICIOS
El Tribunal Constitucional (TC) acogió en parte los
requerimientos presentados por senadores y diputados de oposición en
contra de cuatro normas del proyecto de reforma laboral, el que fue despachado
por el Congreso el 6 abril.
De este modo se declaró inconstitucional la titularidad
sindical y se rechazó de forma parcial la impugnación contra la norma de
extensión de beneficios.
Los fallos del Tribunal Constitucional no son apelables por lo que el Ejecutivo
deberá promulgar la reforma laboral sin la norma relativa a la titularidad
sindical.
La norma de la titularidad establecía que era el sindicato el único titular para encabezar la negociación colectiva con el empleador, eliminando los grupos negociadores. Esto era cuestionado por la oposición, al considerar que la única forma de acceder a los beneficios era afiliándose al sindicato.
En cuanto a la extensión de beneficios se acordó acoger parcialmente el reclamo respecto a los nuevos afiliados del sindicato.
Sobre el acceso a información de los sindicatos, el TC rechazó declararlo inconstitucional por empate de votos, en cuanto a la planilla de los trabajadores involucrados en la negociación y respecto de otras informaciones.
Por último, sobre la obligatoriedad de la negociación interempresa se acordó rechazar la petición de inconstitucionalidad por empate de votos.
Rodrigo Pica, secretario del Tribunal, informó que por 6 votos contra 4 se optó
por declarar inconstitucional la medida sobre titularidad sindical.
El presidente de la UDI, Hernán Larraín, señaló que “es una gran derrota
para la idea del monopolio sindical y que lleva al gobierno a repensar la
forma de trabajar esta Reforma Laboral”.
Sobre el punto, el abogado de la oposición, Sergio Morales, sostuvo que con
la titularidad sindical ”los derechos colectivos pasan por encima de las
garantías y libertades individuales de las personas”, según consigna la web de
Libertad y Desarrollo.
La decisión fue tomada por el TC luego de que este lunes escuchara los
alegatos de 47 intervinientes a favor y en contra de la impugnación.
La Reforma Laboral fue despachada por el Congreso, luego de 14 meses de
discusión, por lo que Chile Vamos decidió llevar el caso al TC, al igual como
ocurrió en diciembre pasado con la glosa presupuestaria para la gratuidad, que
obligó al Gobierno a sacar adelante una “ley corta”.
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Extensión de beneficios: se acogió parcialmente respecto a nuevos afiliados y se rechazó en lo demás
con empate de votos, con voto dirimente del presidente del tribunal y un voto
en particular. Se mantiene como está en la ley despachada por el Congreso.
Acceso a la información: sobre remuneraciones, se rechazó solicitud de inconstitucionalidad con
empate de votos, con voto dirimente del presidente. Respecto a otras
informaciones, se rechazó por 8 votos contra 2, por lo que se mantiene según el
Congreso.
Negociación interempresa: se rechazó inconstitucionalidad en empate de votos, con voto dirimente del
presidente del tribunal, por lo que se mantendrá como salió del Congreso.
El texto del fallo será publicado a más tardar el 9 de mayo, y la fundamentación será revelada una
vez que la sentencia se firme, agregó el secretario Rodrigo Pica.
Ciertamente el Gobierno sufrió un duro revés con el veredicto dado a conocer por el TC.
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