EN LOS DOS AÑOS QUE QUEDAN DEL MANDATO DE BACHELET SE ESPERA QUE
GRATUIDAD LLEGUE A 70 POR CIENTO
Mucho dependerá de la situación económica del país
El Gobierno, que condiciona a un 70% de cobertura en gratuidad al
término del mandato de Michelle Bachelet, debería enviar esta semana al Congreso el
proyecto de ley de educación superior, la última iniciativa que conforma la
reforma educacional.
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Luego del arduo y accidentado debate que significó adelantar
la gratuidad para el 2016, ahora el Ejecutivo tendrá que detallar la forma en
que se seguirá avanzando con el beneficio y de qué manera se cumplirá con el
programa de gobierno para llegar al 70% de cobertura, como lo detalló la
presidenta, comentó Radio Biobío.
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El ministro de Hacienda
Rodrigo Valdés, señaló que la
difícil situación económica que afecta el país ha llevado a las autoridades a
condicionar su propio compromiso de ir ampliando la gratuidad.
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El vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Rectores, Aldo
Valle, aseguró que se debe avanzar en mayor cobertura, pero siempre que eso no
signifique postergar otras necesidades sociales en el país.
Sin embargo, en el Cruch no son partidarios de que el
proyecto de educación superior ingrese durante esta semana al Congreso. El
presidente del G9 y rector de la Universidad de Concepción, Sergio Lavanchy (izquierda),
aseguró que al interior del Cruch existe la idea de que se posponga el envío de
la iniciativa.
La ley corta de gratuidad fue promulgada por la Presidenta Bachelet la semana pasada.
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Ahora la iniciativa sólo debe ser revisada por la
Contraloría para convertirse en ley, sin necesidad de un pronunciamiento del
Tribunal Constitucional (TC), ya que esta vez no se presentó una reserva.
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¿Cómo funcionará la gratuidad?
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La gratuidad para el 2016 será extensiva para los
estudiantes pertenecientes a los primeros cinco deciles de menores ingresos
-$155.000 por cada integrante del grupo familiar- lo que se traduce en que cerca
de 178 mil alumnos que cursen estudios en las universidades elegibles se verían
beneficiados.
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La ley corta entrega gratuidad a las 16 universidades
estatales por “derecho propio”, mientras que a las privadas tradicionales
(G9) se les exigirán los mismos
requisitos que a las privadas que no pertenecen al Cruch: contar con al menos
cuatro años de acreditación y no lucrar.
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Si bien el proyecto fija “la obligatoriedad de las
universidades estatales de garantizar gratuidad a estudiantes", les
plantea como requisito alcanzar, mantener o mejorar su acreditación
institucional, de acuerdo a los criterios fijados para el resto de los
planteles privados.
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Son nueve las privadas fuera del Cruch que podrían acceder
al beneficio, de las cuales cuatro ya han confirmado su ingreso (UDP, Católica
Silva Henríquez, Alberto Hurtado y Autónoma). La Finis Terrae, Adventista, Autónoma,
Adolfo Ibáñez, Mayor y De Los Andes no han confirmado si se adscribirán a la
gratuidad.
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Por otro lado, los CFT e IP (Centros de Formación Técnica) y (Institutos Profesionales) sin fines de lucro no ingresarán
formalmente a la gratuidad, pero recibirían un incremento en las becas, como ya
se detalló. Se proyecta que 144 mil estudiantes de la educación técnico
profesional recibirán financiamiento en estas condiciones.
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¿Qué universidades tendrán gratuidad en 2016?
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Estudiantes pertenecientes al 50% de menores ingresos
tendrán gratuidad en caso de matricularse en estas casas de estudio. El jueves último se sumó la Universidad Autónoma, llegando a los 29 planteles.
Estas son las instituciones que ingresarán a la gratuidad
2016:
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Universidades Estatales: Estas 16 instituciones ingresan por
“derecho propio” a la gratuidad, por pertenecer al Estado.
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Pese a esto, la ley les plantea como requisito alcanzar,
mantener o mejorar su acreditación institucional, de acuerdo a los criterios
fijados para el resto de los planteles privados, que corresponde a 4 años.
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Universidad de Tarapacá
Universidad Arturo Prat
Universidad de Antofagasta
Universidad de Atacama
Universidad de La Serena
Universidad de Valparaíso
Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación
Universidad de Santiago de Chile
Universidad de Chile
Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación
Universidad Tecnológica Metropolitana
Universidad de Talca
Universidad del Bío-Bío
Universidad de La Frontera
Universidad de Los Lagos
Universidad de Magallanes
Universidades privadas tradicionales (G9): Se les exigirían
los mismos requisitos que a las privadas que no pertenecen al Cruch: contar con
al menos cuatro años de acreditación y no lucrar. Todas ya notificaron su
ingreso.
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Universidad de Concepción
Universidad Técnica Federico Santa María
Universidad Austral de Chile
Universidad Católica del Norte
Universidad Católica del Maule
Universidad Católica de la Santísima Concepción
Universidad Católica de Temuco
La Ley Corta: Puntos principales
•Se reconoce en la ley la existencia del precio nudo de
potencia firme, lo cual otorga mayor seguridad jurídica.
•Se reduce la banda de precios libres de +/- 10% a +/- 5%
para la fijación del precio nudo. Este es un cambio positivo, ya que aumenta la
estabilidad del precio de nudo y lo acerca a los valores de contratos de largo
plazo del mercado libre.
•Se fijan peajes de distribución, lo que abre espacio para
una mayor competencia en el suministro a clientes libres que se encuentran
dentro de las áreas de concesión de las distribuidoras.
•Se limita la integración vertical de las empresas
operadoras de los sistemas troncales
•Evitar el monopolio y fomentar la competencia. Para ello se
impone la obligación de acceso abierto y se introduce el concepto de peaje de
distribución
•Se modifica totalmente la tarificación del sistema troncal.
La valorización de las instalaciones y de los costos de operación,
mantenimiento y administración, así como los proyectos de expansión serán
determinados sobre la base de un estudio con menor incertidumbre.
•Asimismo los peajes dejan de ser negociados bilateralmente y
son determinados por el CDEC a través de un criterio de uso de la red.
•Establecer un régimen especial de tarificación para los
sistemas aislados de Aysén y Magallanes.
•Reducción de la banda de precios para la fijación de
precios de nudo. Más estabilidad y mayor predictivilidad.
Así como se enumeran las virtudes y fortalezas de este
proyecto de ley impulsado por el gobierno, también aparecen aspectos negativos,
recalcados, principalmente, por la derecha política y algunos participantes y
miembros del sector eléctrico que ven amenazados sus intereses. Entre los
puntos más claros que forman los aspectos negativos de este proyecto se
nombran:
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•El proyecto establece restricciones a la propiedad (la
participación de los agentes generadores o distribuidores en la propiedad de la
transmisión troncal está limitada al 8% en forma individual y al 40% en forma
conjunta), lo que requerirá quórum especial para su aprobación e impone la
obligación de transferir parte del activo de empresas eléctricas propietarias
de tramos del sistema troncal, lo que es, a lo menos, observable desde la
perspectiva constitucional.
•En lo que se refiere a la reiteración de señales negativas,
el proyecto insiste en remisiones sobre aspectos fundamentales al reglamento de
ejecución, situación que naturalmente genera incertidumbre a los actores y
mantiene, en casos se acrecientan, las potestades discrecionales de la
autoridad administrativa en materia de fijación de tarifas
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•En relación con los mecanismos para determinar el sistema
troncal, el nuevo sistema de remuneración o peajes, se obligaría a las
transmisoras a extender sus redes, su rentabilidad, sin perjuicio de la virtual
obligación que se impondría a las empresas generadoras, distribuidoras y
clientes libres de vender sus activos de transmisión de la red troncal, en
aquella parte que exceda los porcentajes autorizados, algo en lo que no están
de acuerdo muchos actores del mercado.
•El imponer un plan de desarrollo determinado
centralizadamente al transmisor puede, a juicio de algunos, no ir en el sentido
de la simplicidad.
•Se ha desincentivado la inversión en la actividad de la
transmisión, lo cual es difícil por las características monopólicas de ella.
•El proyecto no precisa bien la definición de lo que se
entiende por sistema troncal. Todo el conjunto de líneas existente podría
llegar a declararse como parte del Sistema Troncal.
•El financiamiento compartido del costo de transmisión
produce distorsiones en la asignación de recursos y en la señal de localización
de las centrales, lo que puede derivar en una composición del parque generador
que no es óptima.
•La autoridad determinará cuál es el sistema troncal y cómo éste
se expande basándose en las decisiones del Comité de Planificación que se crea
para ello. Esto involucra una centralización de decisiones que puede tener
altos costos frente a la alternativa de contar con un mecanismo institucional
que lleve a que sea el sector privado el que tome las decisiones de inversión
en base a las señales de precio.
•La interconexión se justificaría por un exceso de capacidad
instalada en el norte y un SIC ajustado. Si se interconecta el SING-SIC y se
incorpora al Sistema Troncal, el financiamiento de la transmisión será pagado
50% por los generadores del sur. Por lo que no es lo más adecuado dar en la ley
una solución de interconexión.
•Se establecen restricciones a la propiedad que generarán
barreras a la entrada a los mercados y distorsionarán su funcionamiento, porque
se afecta la competencia del sector.
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