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lunes, 28 de diciembre de 2015

EN LOS DOS AÑOS QUE QUEDAN DEL MANDATO DE BACHELET SE ESPERA QUE GRATUIDAD LLEGUE A 70 POR CIENTO

Mucho dependerá de la situación económica del país

Bachelet promulga la ley corta por gratuidad a horas de despacho en el Congreso
El Gobierno, que condiciona a un 70% de cobertura en gratuidad al término del mandato de Michelle Bachelet, debería enviar esta semana al Congreso el proyecto de ley de educación superior, la última iniciativa que conforma la reforma educacional.
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Luego del arduo y accidentado debate que significó adelantar la gratuidad para el 2016, ahora el Ejecutivo tendrá que detallar la forma en que se seguirá avanzando con el beneficio y de qué manera se cumplirá con el programa de gobierno para llegar al 70% de cobertura, como lo detalló la presidenta, comentó Radio Biobío.
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El ministro de Hacienda  Rodrigo Valdés,  señaló que la difícil situación económica que afecta el país ha llevado a las autoridades a condicionar su propio compromiso de ir ampliando la gratuidad.
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El vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Rectores, Aldo Valle, aseguró que se debe avanzar en mayor cobertura, pero siempre que eso no signifique postergar otras necesidades sociales en el país.
Sin embargo, en el Cruch no son partidarios de que el proyecto de educación superior ingrese durante esta semana al Congreso. El presidente del G9 y rector de la Universidad de Concepción, Sergio Lavanchy (izquierda), aseguró que al interior del Cruch existe la idea de que se posponga el envío de la iniciativa.


La ley corta de gratuidad fue promulgada por la Presidenta Bachelet la semana pasada.
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Ahora la iniciativa sólo debe ser revisada por la Contraloría para convertirse en ley, sin necesidad de un pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), ya que esta vez no se presentó una reserva.
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¿Cómo funcionará la gratuidad?
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La gratuidad para el 2016 será extensiva para los estudiantes pertenecientes a los primeros cinco deciles de menores ingresos -$155.000 por cada integrante del grupo familiar- lo que se traduce en que cerca de 178 mil alumnos que cursen estudios en las universidades elegibles se verían beneficiados.
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La ley corta entrega gratuidad a las 16 universidades estatales por “derecho propio”, mientras que a las privadas tradicionales (G9)  se les exigirán los mismos requisitos que a las privadas que no pertenecen al Cruch: contar con al menos cuatro años de acreditación y no lucrar.
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Si bien el proyecto fija “la obligatoriedad de las universidades estatales de garantizar gratuidad a estudiantes", les plantea como requisito alcanzar, mantener o mejorar su acreditación institucional, de acuerdo a los criterios fijados para el resto de los planteles privados.
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Son nueve las privadas fuera del Cruch que podrían acceder al beneficio, de las cuales cuatro ya han confirmado su ingreso (UDP, Católica Silva Henríquez, Alberto Hurtado y Autónoma). La Finis Terrae, Adventista, Autónoma, Adolfo Ibáñez, Mayor y De Los Andes no han confirmado si se adscribirán a la gratuidad.
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Por otro lado, los CFT e IP (Centros de Formación Técnica) y (Institutos Profesionales) sin fines de lucro no ingresarán formalmente a la gratuidad, pero recibirían un incremento en las becas, como ya se detalló. Se proyecta que 144 mil estudiantes de la educación técnico profesional recibirán financiamiento en estas condiciones.
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¿Qué universidades tendrán gratuidad en 2016?
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Estudiantes pertenecientes al 50% de menores ingresos tendrán gratuidad en caso de matricularse en estas casas de estudio. El jueves último se sumó la Universidad Autónoma, llegando a los 29 planteles.

Estas son las instituciones que ingresarán a la gratuidad 2016:
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Universidades Estatales: Estas 16 instituciones ingresan por “derecho propio” a la gratuidad, por pertenecer al Estado.
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Pese a esto, la ley les plantea como requisito alcanzar, mantener o mejorar su acreditación institucional, de acuerdo a los criterios fijados para el resto de los planteles privados, que corresponde a 4 años.
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Universidad de Tarapacá
Universidad Arturo Prat
Universidad de Antofagasta
Universidad de Atacama
Universidad de La Serena
Universidad de Valparaíso
Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación
Universidad de Santiago de Chile
Universidad de Chile
Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación
Universidad Tecnológica Metropolitana
Universidad de Talca
Universidad del Bío-Bío
Universidad de La Frontera
Universidad de Los Lagos
Universidad de Magallanes
Universidades privadas tradicionales (G9): Se les exigirían los mismos requisitos que a las privadas que no pertenecen al Cruch: contar con al menos cuatro años de acreditación y no lucrar. Todas ya notificaron su ingreso.
Pontificia Universidad Católica de Chile
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Universidad de Concepción
Universidad Técnica Federico Santa María
Universidad Austral de Chile
Universidad Católica del Norte
Universidad Católica del Maule
Universidad Católica de la Santísima Concepción
Universidad Católica de Temuco

La Ley Corta: Puntos principales

•Se reconoce en la ley la existencia del precio nudo de potencia firme, lo cual otorga mayor seguridad jurídica.

•Se reduce la banda de precios libres de +/- 10% a +/- 5% para la fijación del precio nudo. Este es un cambio positivo, ya que aumenta la estabilidad del precio de nudo y lo acerca a los valores de contratos de largo plazo del mercado libre.

•Se fijan peajes de distribución, lo que abre espacio para una mayor competencia en el suministro a clientes libres que se encuentran dentro de las áreas de concesión de las distribuidoras.

•Se limita la integración vertical de las empresas operadoras de los sistemas troncales

•Evitar el monopolio y fomentar la competencia. Para ello se impone la obligación de acceso abierto y se introduce el concepto de peaje de distribución

•Se modifica totalmente la tarificación del sistema troncal. La valorización de las instalaciones y de los costos de operación, mantenimiento y administración, así como los proyectos de expansión serán determinados sobre la base de un estudio con menor incertidumbre.

•Asimismo los peajes dejan de ser negociados bilateralmente y son determinados por el CDEC a través de un criterio de uso de la red.

•Establecer un régimen especial de tarificación para los sistemas aislados de Aysén y Magallanes.

•Reducción de la banda de precios para la fijación de precios de nudo. Más estabilidad y mayor predictivilidad.

Así como se enumeran las virtudes y fortalezas de este proyecto de ley impulsado por el gobierno, también aparecen aspectos negativos, recalcados, principalmente, por la derecha política y algunos participantes y miembros del sector eléctrico que ven amenazados sus intereses. Entre los puntos más claros que forman los aspectos negativos de este proyecto se nombran:
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•El proyecto establece restricciones a la propiedad (la participación de los agentes generadores o distribuidores en la propiedad de la transmisión troncal está limitada al 8% en forma individual y al 40% en forma conjunta), lo que requerirá quórum especial para su aprobación e impone la obligación de transferir parte del activo de empresas eléctricas propietarias de tramos del sistema troncal, lo que es, a lo menos, observable desde la perspectiva constitucional.

•En lo que se refiere a la reiteración de señales negativas, el proyecto insiste en remisiones sobre aspectos fundamentales al reglamento de ejecución, situación que naturalmente genera incertidumbre a los actores y mantiene, en casos se acrecientan, las potestades discrecionales de la autoridad administrativa en materia de fijación de tarifas
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•En relación con los mecanismos para determinar el sistema troncal, el nuevo sistema de remuneración o peajes, se obligaría a las transmisoras a extender sus redes, su rentabilidad, sin perjuicio de la virtual obligación que se impondría a las empresas generadoras, distribuidoras y clientes libres de vender sus activos de transmisión de la red troncal, en aquella parte que exceda los porcentajes autorizados, algo en lo que no están de acuerdo muchos actores del mercado.

•El imponer un plan de desarrollo determinado centralizadamente al transmisor puede, a juicio de algunos, no ir en el sentido de la simplicidad.

•Se ha desincentivado la inversión en la actividad de la transmisión, lo cual es difícil por las características monopólicas de ella.

•El proyecto no precisa bien la definición de lo que se entiende por sistema troncal. Todo el conjunto de líneas existente podría llegar a declararse como parte del Sistema Troncal.

•El financiamiento compartido del costo de transmisión produce distorsiones en la asignación de recursos y en la señal de localización de las centrales, lo que puede derivar en una composición del parque generador que no es óptima.

•La autoridad determinará cuál es el sistema troncal y cómo éste se expande basándose en las decisiones del Comité de Planificación que se crea para ello. Esto involucra una centralización de decisiones que puede tener altos costos frente a la alternativa de contar con un mecanismo institucional que lleve a que sea el sector privado el que tome las decisiones de inversión en base a las señales de precio.

•La interconexión se justificaría por un exceso de capacidad instalada en el norte y un SIC ajustado. Si se interconecta el SING-SIC y se incorpora al Sistema Troncal, el financiamiento de la transmisión será pagado 50% por los generadores del sur. Por lo que no es lo más adecuado dar en la ley una solución de interconexión.

•Se establecen restricciones a la propiedad que generarán barreras a la entrada a los mercados y distorsionarán su funcionamiento, porque se afecta la competencia del sector.

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