Por Hugo Latorre Fuenzalida
Gruesa parte de los humanos han surgido fruto de las violaciones. Ahora que la humanidad alcanza una estatura normativa sustentada en el respeto a la persona, la condición de violencia y de aceptación voluntaria del embarazo constituyen los pilares de la discusión sobre el aborto.
1.- Es decir, se considera la autonomía de la mujer para decidir cuándo engendrar y con quién engendrar un hijo; esto es lo que se pone como el argumento esencial de quienes desean legitimar el aborto como derecho de la mujer. Pero ese es sólo una arista del extenso y problemático tema del aborto.
2.- También está planteándose el problema de la desigualdad. Las mujeres con situación económica estable, están seguras de poder abortar sin ser penalizadas, pues existen los medicamentos o las acciones implementadas por servicios médicos privados, bien secretos, que permiten ejercer ese “derecho” sin que el Estado y su aparato de vigilancia se entere de ello.
Pero las mujeres pobres sufren otra realidad, cual es la de someterse a la burocracia de los servicios públicos y sus tardías acciones, que siempre son vigiladas, o simplemente arriesgar la vida a través de una actuación auto-lesiva para provocarse cruentamente un aborto. La otra opción es parir el hijo no deseado y resignarse a su crianza. Es el caso de las mujeres que habitan en zonas rurales y desasistidas y las que en las ciudades sufren de una marginación extrema o relativa.
3.- El Estado, en una sociedad asimétrica y subdesarrollada, no tiene capacidad de dar respuesta efectiva a las demandas que su propia normativa impone, por tanto se convierte en un autoritarismo inconsecuente e irresponsable o en simple “normador abscónditus” (no visible).
Las clases dominantes, quienes crean esta normativa coercitiva, son principistas hipócritas, pues ven al mundo desde el cristal de principios que parecen muy nobles, pero que encierran el ocultamiento de una inviabilidad injusta.
4.- Otro de los temas que se debate es el del concepto de “vida humana”. ¿Cuándo comienza la vida propiamente humana?
Aquí se da una complicada discusión, supuestamente con base científica. ¿Pero, puede o no puede la ciencia definir con certeza?
En unos países se legisla sobre el origen de la vida humana en tiempos posteriores a la concepción, que varían desde semanas a tres meses. Otros países consideran el surgimiento de una nueva vida humana desde la concepción misma, es decir a las horas de la relación sexual.
En ese sentido, la “pastilla del día después” es considerada no abortiva, pues su acción estaría ubicada en el momento previo al asentamiento del huevo fecundado. Pero esto también se presta a controversia, pues las iglesias occidentales la consideran abortiva.
Todo esto, como se puede apreciar, revela la incerteza respecto al momento de considerar instalada la vida humana en el vientre materno.
Los más exigentes respecto al respeto a la vida, no aceptan ningún tipo de relativismo y prefieren prescribir la vida instalada desde el momento de la unión del espermatozoide con el óvulo.
La mayoría de la legislación sobre aborto, opta por tiempos y condiciones relativizadas.
5.- El extremo opuesto, es decir el más liberal y permisivo, considera el aborto un derecho inalienable de la mujer, como poseedora de un cuerpo y de una vida que le es propia y donde nadie puede interferir, menos el Estado.
Pero el tema es que no se trata de un derecho que implique una sola vida, en este caso de la mujer potencialmente embarazada, sino de dos vidas, es decir involucra la del hijo por nacer.
Moralmente deben los legisladores hacerse necesariamente la pregunta de si es legítimo que una vida (la de la madre) pueda tener la licencia de imponer su voluntad de vida o muerte sobre otra vida (la del hijo). Nos confrontamos en este punto a dos derechos.
La legislación pro aborto pasa por alto este problema y deja en manos de la madre (o la familia) la decisión sobre esa otra vida que no tiene aún capacidad de defender su derecho a nacer y vivir. Es una decisión tremendamente problemática y controversial.
La legislación chilena, que es conservadora, prohíbe todo tipo de intervención sobre el embarazo, penalizando el aborto.
Existe cierta excepcionalidad, es decir cuando se da un peligro inminente de vida para la madre y de inviabilidad del feto, lo cual debe ser autorizado por el equipo médico y confirmado por la familia.
Pero se dan otros casos igualmente complicados en esta discusión.
a.- Casos en que se produce una violación. Si no se actuó en la fase preventiva (pastilla del día después) ¿se puede obligar a que la mujer y su familia se hagan cargo de una criatura indeseada?
b.- En caso de una condición de viabilidad incierta del feto, si se niega el aborto y el hijo debe nacer con estados de patología que lo convierten en un incapacitado para la autovalencia permanente ¿se puede cargar a las familias o a la mujer el peso de responsabilizarse de esa criatura?
En fin, se pueden dar muchos casos problemáticos y deben ser discutidos con seriedad hasta alcanzar un consenso responsable. En América Latina somos muy dados a instalar legislaciones que dejan las cosas a medio camino, sin responsabilidades y sin salidas realistas. En este caso, la trascendencia moral es tan enorme que no se puede legislar sin considerar todas las aristas del problema y no se puede resolver sin que el Estado (es decir la sociedad) asuma las responsabilidades que acarrea una normativa de esta envergadura.
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