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jueves, 2 de octubre de 2014

EDUCACIÓN 

EN COMISIÓN QUEDÓ REGULADA LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES, LA ELIMINACIÓN DEL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y SE PROHÍBE EL LUCRO

La Comisión de Educación de la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto de reforma que regula la admisión de los estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.

El presidente de la Comisión, diputado Mario Venegas (DC) destacó la aprobación de estas materias y que se han respaldado los elementos centrales de la reforma educacional.

El texto aprobado, junto con eliminar el copago, permite la realización de donaciones voluntarias, siempre que no se considere un requisito de ingreso o permanencia en los establecimientos. Sin embargo, establece que el equivalente al 40% de estos aportes recibidos serán descontados del monto de subvención que les corresponda recibir del Estado, y de un 20% si se trata de establecimientos técnicos profesionales.

Este descuento sólo será efectivo si el monto de las donaciones superan el 10% del monto de la subvención correspondiente.

La instancia también dio por aprobada la propuesta del Ejecutivo de establecer un Aporte por Gratuidad correspondiente a un valor de 0,45 unidades de subvención educacional por alumno.

Asimismo, el texto aprobado determina que los nuevos establecimientos que soliciten el beneficio de la subvención, sólo será aprobada dicha solicitud si existe una demanda de matrícula insatisfecha que no pueda ser cubierta por los otros establecimientos en el territorio respectivo.

Fin a la selección
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En la jornada de este miércoles, la Comisión de Educación respaldó la propuesta del gobierno de regular los procesos de selección y admisión a los establecimientos que reciben aportes del Estado, a través de un sistema que garantice los principios de transparencia, equidad, no discriminación arbitraria, educación inclusiva y accesibilidad universal.

En el proceso de postulación los padres postularán directamente en los establecimientos en un registro público o a través de un sistema remoto, prohibiéndose expresamente la realización de entrevistas, solicitud de antecedentes, como condiciones socioeconómicas o el pago de algún cobro por la postulación.

Para promover el conocimiento y adhesión de los padres, madres o apoderados a los proyectos educativos, los establecimientos podrán organizar encuentros públicos de información previos a los procesos de postulación.

Para la selección de sus alumnos, los colegios deberán aplicar un proceso aleatorio definido por éstos, que tenga en consideración la incorporación de estudiantes del 15% prioritarios, existencia de hermanos, hermanas matriculados previamente y la condición de hija o hijo de profesores, asistentes de la educación y cualquier persona que labore en forma permanente en el establecimiento.

La etapa de admisión será realizada por los establecimientos educacionales y se recibirá al total de postulantes en caso que existan vacantes suficientes. En aquellos casos en que la demanda sea mayor al número de vacantes disponibles, expresamente se señala que los colegios deberán aplicar un sistema aleatorio para la selección de los alumnos.

Colegios emblemáticos
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Sin embargo, en aquellos establecimientos que atendidas sus condiciones históricas, rendimiento académico, que sean gratuitos y presenten una demanda considerablemente mayor a sus vacantes, como es el caso de los denominados establecimientos emblemáticos, se permite a dichos colegios mantener un proceso de selección académica entre los postulantes que pertenezcan al 20% de los alumnos con mejor desempeño escolar relativo de sus establecimientos, a partir del 7 año de educación básica.

Asimismo, se permite mantener mecanismos de selección a los liceos artísticos.


    

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