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miércoles, 30 de julio de 2014

LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Y LA PAZ MUNDIAL

Por Alberto Sepúlveda Almarza (*)

Los próximos cincuenta años estarán marcados por dos grandes tendencias: O la Humanidad se destruye por la guerra o se alcanzará un ciclo de prosperidad planetaria.

Explicamos.

Estamos viviendo el fin de una era que ha durado cinco siglos marcada por la hegemonía de Europa y su heredero, Estados Unidos .Ello implicó la sumisión de Asia , África y América . Antes de 1492, cuando Colón descubrió un nuevo continente e inicia las relaciones internacionales mundiales, era China la principal economía del planeta y dueña de un sistema político que expandía su cultura por gran parte de Asia.

La dominación europea llevó al colonialismo y en el siglo XIX se expandió por Asia y África mientras las Américas consolidaban su Independencia, pero bajo el dominio del hombre blanco.

Hoy estamos observando la rápida declinación del “mundo desarrollado”, es decir de Estados Unidos y las potencias del norte del Viejo Continente y emergen Asia, África y América Latina, los otrora “subdesarrollados”. Y todo apunta a que esta situación continuará en el transcurso del Siglo XXI. Este panorama origina el peligro de una o varias guerras, ya sea por el intento de EEUU de mantener su hegemonía o de China de asumir el centro del poder mundial.

Muchos historiadores aseguran que nunca una potencia se ha convertido en dominante sin violencia y así ocurrió con los conflictos napoleónicos destinados a moderar a Francia o las dos Guerra Mundiales del Siglo XX cuando Alemania trató de conquistar a Europa.

La Guerra Fría entre EEUU y la Unión Soviética se desarrolló entre 1947 y el 2001 y en esos años el mundo estuvo, en más de una oportunidad, al borde del precipicio. De ahí la necesidad imperiosa de consolidar la paz en las décadas que vienen.

Para complicar el panorama existe el temor al agotamiento de los recursos naturales y ello da un gran valor a las islas o peñones que dan origen a Zonas Económicas Exclusivas. Es así que en Asia surgen conatos de violencia entre China, Japón, Filipinas, Malasia, Vietnam y otros países y está , también, la disputa por las aguas del Polo Norte entre EEUU, Rusia, Dinamarca , Canadá y otros.

Por ello la necesidad de consensos acerca de las normas e instrumentos para asegurar soluciones pacíficas a las controversias . Y de ahí la importancia de la CIJ.

Veamos ahora la tendencia positiva.

Si hay paz, normas jurídicas consensuadas y organismos judiciales globales, el mundo debería encaminarse a niveles de riqueza jamás alcanzados. Y, como elemento a destacar, los “subdesarrollados” podrían alcanzar la modernidad y la prosperidad.

El problema del Derecho Internacional

El Derecho Internacional Clásico fue forjado en Europa Continental en los siglos XVIII y XIX . Y, en gran medida, tuvo por objeto consolidar las relaciones de dominación, incluso el colonialismo, a favor de un pequeño grupo de potencias del Viejo Continente.

Fue un Derecho originado entre potencias cristianas, herederas del Imperio Romano de Occidente. Y , como es de suponer, las normas jurídicas propias de otras culturas como la musulmana, china, japonesa o africanas, no fueron tomadas en consideración. Sólo en América Latina surgieron principios destinados a establecer reglas que limitaran la acción del poderoso . Y es así que encontramos doctrinas como “La igualdad jurídica de los Estados“,     “El principio de no intervención”, “No cobro de las deudas por la fuerza” y otras destinadas a combatir la desigualdad que son hoy parte de la legislación de Naciones Unidas.

El fin del colonialismo ha llevado a una revisión del Derecho Internacional Clásico y hoy está surgiendo una nueva normativa que se genera en grandes conferencias mundiales promovidas por Naciones Unidas .El nuevo Derecho introduce conceptos que forman parte de las culturas de las otrora colonias.

Y es importante aceptar la nueva realidad legal para actuar en las Relaciones Internacionales del presente. Y es , también, un método para asegurar la paz.

El instrumento judicial: la CIJ

Hemos señalado el papel de la ONU para ir eliminando los posibles focos de conflicto. Su instrumento judicial es la CIJ que trata que todos los conflictos entre Estados sean resueltos por la vía del Derecho. La tendencia es ir dando a la Corte mayores atribuciones, precisamente para ir despejando las amenazas de violencia.

No me sorprendería que en el futuro el Consejo de Seguridad llame a dos Estados en disputa a someterse a la CIJ. Y , más aún, que la Corte adquiera atribuciones para actuar de oficio, es decir , en forma activa para llamar a los contendores a un juicio.

Salvaguardar la paz es la meta de la Humanidad y por ende de la ONU, en las décadas que vienen.

La metodología de la Corte

Para que los diversos Estados recurran a la vía judicial la CIJ tiene que dictar sentencias que dejen medianamente insatisfechas a las partes. Fallos inclinados en gran medida o en su totalidad a uno de los contendores, inhibirían a otros Estados a recurrir a la vía judicial, por temor a un fracaso rotundo.

Ahora bien, los latinoamericanos hemos sido criados en el modelo jurídico francés que tiene por objeto asegurar el dominio del Estado. Los jueces son funcionarios públicos y no tienen libertad para fallar, sólo pueden aplicar la norma jurídica que se remita al caso, incluso con el riesgo que la sentencia no sea la más justa. La ley manda.

En el sistema anglosajón, especialmente el estadounidense, la comunidad prima por sobre el Estado. De ahí la existencia del jurado, es decir de representantes del pueblo, elegidos por sorteo , que es quien falla. El juez, en estas condiciones, busca una norma que pueda aplicar. Y no se remite a un Código . El magistrado puede usar sentencias judiciales, leyes y, más aún, innovar y crear jurisprudencia.

El mecanismo más adecuado para el funcionamiento de la CIJ , en la actualidad, es el americano y aspira a buscar la equidad por sobre el poder de una ley escrita. La Corte está creando jurisprudencia como una de sus tareas.

Recordemos lo que dijimos acerca del Derecho Internacional Clásico, de las nuevas tendencias y saquemos las conclusiones para el accionar de la CIJ. Ello no implica suponer que los jueces de la Corte son semi analfabetos en materia jurídica.

Todo lo contrario.

Se trata de juristas de alta calificación que representan a las diversas regiones del mundo y que tratan de abrir espacios a sus culturas nacionales mediante la creación de jurisprudencia.

Por ello que sus fallos son despegados del Derecho Internacional Clásico, en su versión francesa.

Que pasó en el juicio marítimo entre Chile y Perú

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El objetivo de la Corte fue terminar con la época de confrontación entre Chile y Perú y establecer soluciones que permitieran a ambas partes aceptar el fallo. Había que evitar el triunfo completo de uno y la derrota estrepitosa del otro.

De ahí la equidad y el método anglosajón.

La CIJ concedió a Chile ochenta millas de Zona Económica Exclusiva mediante un paralelo o línea recta que asegurara que las áreas de pesca quedaran en su posesión.
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Como compensación aceptó la bisectriz para el Perú pasadas las ochenta millas con lo cual parte del antiguo mar chileno pasó a manos peruanas. Y, para no complicarse, no se pronunció sobre la frontera terrestre y mantuvo la delimitación marítima, con lo cual favoreció a Chile.

Aquí vemos la aplicación de la metodología que hemos explicado.

Primero usó los fundamentos jurídicos chilenos, los acuerdos de 1954 y luego, pasadas las ochenta millas la tesis peruana de la bisectriz. Es decir usó dos principios jurídicos contrapuestos.

El paralelo suponía la normativa anterior a la Convención del Derecho del Mar y la bisectriz se sustentaba en la aceptación de los postulados de la Convención.
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En un modelo de Derecho Internacional Clásico a la francesa esto sería antijurídico. En el esquema anglosajón el fallo es válido.

Y de nuevo tenemos que recordar las tendencias jurídicas que están imperando en el mundo, la tarea de preservar la paz y el papel que se reconoce a CIJ de ir creando una nueva jurisprudencia con el aporte de jueces venidos todas las áreas culturales del planeta.

Las consecuencias para Chile de su retiro de la CIJ

En Chile está surgiendo un debate que va contra las tendencias mundiales .

Un grupo de personas está proponiendo la salida del país de la CIJ para no estar sometido a juicios no queridos.

Esta medida desconoce las siguientes realidades:

a.-La Historia de las Relaciones Internacionales de América Latina:

Tal como se indicó los países de la Región, desde el siglo XIX, han elaborado doctrinas que impidan el uso de la fuerza de las grandes potencias en nuestro desmedro. Y la fórmula ha sido , entre otras, establecer la judilización de los diferendos y de los conflictos. Es decir a la violencia se opone la vía judicial, ojalá obligatoria.
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Y toda la Historia del Sistema Interamericano ha seguido ese camino.

Una salida de Chile de la CIJ significa quedar en la indefensión y en el aislamiento de las tendencias modernas de las Relaciones Internacionales.
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b.- Chile ha optado como modelo de su desarrollo la integración a la economía mundial y ello supone, para un país pequeño, una estrategia de incremento de los mecanismos de solución de conflictos. Es decir la vía judicial.

c.- Se menciona como utilidad de la salida que Bolivia no podría buscar una salida al mar , a costa de Chile, recurriendo a la Corte. La mala noticia es que ya lo hizo .

Por otra parte los posibles demandantes tienen un año para hacerlo a contar de la fecha en que Chile informe oficialmente de su intento de retiro.

d.- El problema mayor que origina el debate de una propuesta que implica un desconocimiento grave de la realidad mundial, de las tendencias del Derecho Internacional y del papel de la CIJ es el descrédito de la elite chilena ante los ojos de otros países. Queda como ingenua y, peor aún, como ignorante. Y ello afecta indudablemente la imagen de un país que busca crecer mediante su inserción internacional.

El prestigio es muy importante en las relaciones humanas , de las empresas y de los países. Es algo que no se puede perder impunemente.

(*) - Doctor en Ciencias Políticas y Sociología. Presidente de la Asociación Chilena de Especialistas Internacionales (ACHEI). Vicepresidente de la Federación Latinoamericana de Asociaciones de Estudios Internacionales (FLAEI). Other News.



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