Otro problema: Las cárceles
BENEFICIO CARCELARIO: 1.566 REOS TERMINARÁN DE CUMPLIR SUS CONDENAS EN SUS CASAS DEBIDO AL HACINAMIENTO QUE AFECTA A LOS PENALES CHILENOS
Preocupación causa la medida por la seguridad de los chilenos. Tres de los que abandonaron la cárcel ya tuvieron que volver por cometer nuevos delitos el último fin de semana
Sorpresa causó tanto en el Gobierno, especialmente a la ministra de
Justicia Javiera Blanco la libertad condicional otorgada por el Poder Judicial
(Cortes de Apelaciones) a 1566 reos condenados en distintas cárceles del país tras
aludir al grave problema de hacinamiento que presentan los establecimientos
penales del país.
Esta operación se realizó entre el
sábado y hoy lunes en distintas cárceles como La Serena, Ovalle, Combarbalá, Illapel
y Vicuña, donde se otorgó el beneficio de cumplimiento de penas en libertad a 122 condenados, es decir, el 22%.
.
Esta
situación es la misma que permitió que en Valparaíso se liberaran a 724 reos; 568 en la Región
Metropolitana; 29 en Chillán, 18 en Punta Arenas y 105 en Iquique. En Santiago,
por ejemplo, de un total de 1.768 internos que fueron postulados en Lista 1 y,
tras las evaluaciones realizadas por la comisión se otorgó el beneficio a 568;
es decir, al 32,1% de los postulantes.
.
Para obtener el beneficio, los internos deben contar con un informe
favorable del Consejo Técnico del establecimiento penitenciario, el que
considera una serie de requisitos establecidos por ley, tales como: haber
cumplido la mitad de la condena que se le impuso, conducta intachable en el
establecimiento penal, haber aprendido un oficio y la asistencia a la escuela
del establecimiento y a las conferencias educativas que se dicten, entre otros.
El beneficio otorgado no extingue ni modifica la duración de la pena,
sino que es un modo particular de cumplimiento en libertad, bajo la supervisión
de personal especializado de Gendarmería y la obligación de firmar una vez a la
semana en un Centro de Apoyo para la Integración Social (CRS) o unidad más
cercana al lugar de la residencia.
Sin embargo, este objetivo no habría sido entendido así por uno de los
internos al que se le aplicó esta medida, el que a 24 horas de quedar en
libertad, debió retornar al recinto penal. Se trata de Luis Bernabé Deila
Basaez (39), quien fue detenido el sábado en la noche por Carabineros por el
presunto delito de robo por sorpresa. Hay otros dos casos similares ocurridos
también durante el fin de semana, especialmente en Valparaíso.
En el caso de Deila Basaez, hasta el viernes el imputado cumplía una
pena de cinco años y un día de presidio por el delito de robo con intimidación
en la Cárcel de Valparaíso. Debido a que cumplía el requisito de buena conducta
dentro del penal, fue uno de los beneficiados por parte de la comisión de la Corte
para cumplir la libertad condicional.
Tras las críticas de distintos sectores políticos y del gobierno por la
decisión de la Comisión de Libertad Condicional, la Corte aseguró que los
jueces aplicaron la ley que regula este beneficio –y que data de 2013 (Gobierno
de Piñera) - a petición de Gendarmería, institución dependiente del Ministerio
de Justicia.
“El motivo que tuvo el Ejecutivo de proponer el cambio se basó
principalmente en el fin de reducir el elevado y generalizado nivel de
hacinamiento e inhabitabilidad que se vive en nuestras cárceles y centros de
detención en los que se registra un promedio aproximado de 60% de la
sobrepoblación penal “, dijo el vocero de la Corte Suprema, Milton Juica.
“Era una cuestión previa que planteó el mismo Ejecutivo respecto de esta
situación de sobrepoblación carcelaria y que no solo no ha disminuido sino que
ha aumentado actualmente”, añadió.
En esta línea, el ministro señaló que “lo que tenían que hacer los
jueces es hacer operable este beneficio de la libertad condicional (…) los jueces
deciden, sobre la base de una proposición de un órgano vinculado al Ministerio
de Justicia, que es Gendarmería, quien propone de acuerdo a niveles de conducta
a aquellas personas que cumpliendo los requisitos tiene derecho a obtener el
beneficio de la libertad condicional”.
En este contexto, el vocero del máximo tribunal sostuvo que “aquí no ha
habido ninguna cosa extraña ni oculta en materia de esta decisión (…) hoy por
hoy el sistema está operando”.
Los senadores RN Manuel José Ossandón y Francisco Chahuán cuestionaron la decisión de los jueces.
"Esto muestra una falta de
criterio enorme que demuestra las contradicciones de nuestro sistema judicial”,
señaló Ossandón. "No estoy de acuerdo con esta medida. En un ambiente de inseguridad
con una agenda corta discutiéndose, esta es una señal equivocada para la
ciudadanía. Es una medida temblorosa y no firme contra la delincuencia”.
.
“No se está extirpando la sensación de miedo entre la gente, por el contrario
se está incrementando. Esta es una muy mala medida que deja la sensación de que
se protege más a los delincuentes que a las víctimas”, afirmó el
legislador.
La Comisión de Libertad Condicional
se reúne semestralmente –en abril y octubre de cada año– para analizar la
entrega de beneficios a los internos de los penales de la jurisdicción que
cumplan con los requisitos. La comisión capitalina está presidida por la ministra
Javiera González, e integrada por 10 jueces de juzgados de Garantía y de
tribunales orales.
La instancia, existe una en cada
Corte de Apelaciones del país, analiza los informes elaborados por los jefes de
los establecimientos penitenciarios, quienes deben considerar los siguientes
aspectos para calificar a los internos: a) cumplimiento efectivo de la mitad de
la condena que se le impuso por sentencia definitiva; b) haber tenido conducta
intachable en el establecimiento penal; c) haber aprendido un oficio si hay
talleres donde se cumple la condena y d) haber asistido con regularidad a las
escuela y conferencias educativas del penal.
Quienes acceden al beneficio de la
libertad condicional deben fijar domicilio y quedan sujetos al control de
Gendarmería.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario