21-5-2014-KRADIARIO-Nº898
JUSTICIA MILITAR, UNA REFORMA NECESARIA
.
Por Jorge Burgos
.
El programa de gobierno de la Presidenta Bachelet ha
establecido dentro de las prioridades del sector Defensa, una reforma al
sistema de justicia militar. Si bien el debate ha sido largo y extenso y en el
camino se han realizado cambios, como es el caso de la Ley N° 20.477 que
excluye parcialmente de la justicia militar a los civiles, no se ha logrado
hasta ahora alcanzar el objetivo de generar una transformación integral del
sistema judicial militar.
.
Hoy existe el compromiso y la voluntad del Ministerio que
dirijo de dar cabal cumplimiento a las expectativas de obtener una justicia
militar acorde con los estándares de un Estado democrático y de Derecho y que,
a la vez, se adecúe a los compromisos que el Estado de Chile ha contraído en
materia de Derechos Humanos.
.
Los principios que deberían informar una reforma global a la
justicia militar vienen dados por el contexto internacional de los Derechos
Humanos pero también por nuestros propios estándares en materia judicial.
En el primer ámbito, se inscribe la sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Chile en el caso de
Antonio Palamara o “Caso Palamara”, funcionario civil que trabajaba para las
Fuerzas Armadas y que fuera condenado por la justicia militar.Entre otras cosas,
el Estado de Chile fue condenado por violar diversas garantías judiciales y por
no otorgar la debida protección al afectado al aplicar la justicia castrense,
lo que puede reconducirse a la ausencia de imparcialidad e independencia de los
tribunales militares.
.
En este sentido, esta sentencia significó un fuerte llamado
de atención acerca de la necesidad de llevar a cabo cambios sustanciales que
tendieran a dar protección y garantía de debido proceso a quienes se someten a
la justicia militar.
.
Por otro lado, en el ámbito interno hemos sido testigos de
casos que nos invitan a reflexionar en torno a las formas a través de las
cuales podamos brindar a todos los ciudadanos, sean ellos civiles o militares,
la plena protección de sus derechos.
La muerte de Manuel Gutiérrez, fallecido en 2011 por un
disparo de un carabinero, o el caso de Jorge Aravena, quien murió de asfixia en
una patrulla policial, son una dolorosa luz de alarma acerca de la necesidad y
urgencia de los cambios y de la deuda del Estado de Chile para con todos sus
ciudadanos.A lo anterior se suma el pronunciamiento del Tribunal Constitucional
de Chile acerca de la vulneración de derechos y debido proceso en casos de su
conocimiento.
El cambio de la justicia castrense, debe regirse por ciertas
premisas que resultan ineludibles para un Estado democrático y de Derecho. Por
ello, no sólo los compromisos internacionales deben guiar esta tarea, sino
también la constatación de las profundas diferencias que se advierten entre un
sistema de justicia y otro.
Por ello, la gran modificación que significó la reforma
procesal penal debe servir como base para la reformulación de la justicia
militar. Sus principios y garantías en su aplicación al ámbito militar, sin
duda, servirán para otorgarle mayor credibilidad y transparencia.En ese mismo
contexto, es claro que esta reforma deberá delimitar y restringir su
competencia, incorporando además jueces letrados.
En razón de todo lo anterior, qué duda cabe acerca de la
urgente necesidad de reformar el sistema de justicia militar. Para ello estamos
trabajando desde el 11 de marzo de este año en el cumplimiento de este gran
objetivo propuesto: una justicia que dé cabal cumplimiento a los estándares
internacionales en materia de Derechos Humanos y que de garantías de debido
proceso.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario