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jueves, 15 de julio de 2010
REFLEXIÓN: INDULTO BICENTENARIO
Hoy presentamos en la sección reflexiva de Krohne Archiv tres distintas opiniones sobre el "Indulto Bicentenario" .
Carta enviada al diario La Tercera por Alejandro Leiva, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo:
Por estos días ha estado en la palestra la propuesta que hará la Iglesia al gobierno para indultar, a propósito del Bicentenario, a determinados condenados. Lo anterior, por razones humanitarias, de salud y casos por delitos de menor gravedad.
Si bien es cierto existen antecedentes en nuestro país sobre esta materia -recordemos las leyes Cumplido, los indultos del Jubileo y otros menos felices-, es importante detenerse y tomar con cautela estas medidas, considerando distintos factores y aristas que se derivan de ellas.
Lo primero a señalar es que toda medida de esta naturaleza atenta contra los principios de separación de poderes del Estado, puesto que infringe abiertamente la potestad exclusiva de los tribunales de justicia de administrar jurisdicción.
Por otro lado, y desde el punto de vista penal, constituye una excepción al ius puniendi, el llamado "derecho de gracia" que ha sido fuertemente criticado, entre otras, por la esperanza de impunidad que conlleva y la expectativa de que la ley no sea aplicada.
A favor de la medida y, atendiendo a un fin preventivo especial, está el que existen sujetos que, por su condición, ya no significan un peligro para la sociedad, o que su privación de libertad por delitos menores pervierta aun más a quien en libertad podría rehabilitarse.
El difícil problema es buscar el equilibrio entre una medida humanitaria y el respeto por un Estado de derecho. Una política criminal en este sentido podría estar enviando señales erróneas tanto a la ciudadanía como a los delincuentes. Así, el costo que significa al delincuente delinquir podría considerarse menor que el beneficio que obtiene de dicha actividad.
Carta enviada al diario El Mercurio de Agustín Squella, escritor, periodista, abogado y académico de la Escuela de Derecho de la Universidad Valparaíso:
Cada vez que se nos trata de juzgar, individualmente o a los colectivos de distinto tipo a que pertenecemos, otorgamos preferencia a la compasión sobre la justicia, y cada vez que juzgamos a los demás, o a los grupos de los cuales forman parte, damos prioridad a la justicia sobre la compasión.
Queremos tanto justicia como compasión, nos parece bueno tanto ser justos como compasivos, aunque sabemos que ambos valores pueden colisionar entre sí, y que, llegado ese momento, tendremos que optar por uno o por otro, o idear una fórmula circunstancial que los combine, caso a caso, en distintas proporciones.
Pero, entretanto, continuaremos enarbolando apasionadamente la bandera de la justicia cuando se trata de los demás, y aferrándonos desesperadamente a la de la compasión cuando se trata de nosotros mismos.
Con todo, en caso de unas ampliamente probadas violaciones masivas, sistemáticas y prolongadas a los derechos humanos, llevadas a cabo por agentes del Estado organizados precisamente con ese fin, ¿es moralmente aceptable anteponer la compasión a la justicia, sobre todo si lo que se pretende es dispensar compasión a los verdugos antes que a las víctimas?
Bloggero Juan Cifuentes escribe al diario El Mercurio:
Por qué un interno de una cárcel chilena, condenado a 19 años de presidio efectivo por uso malicioso de instrumento privado y estafas, mayor de 65 años y empobrecido personal, familiar y socialmente, debe recibir el mismo trato que un condenado que cumple su pena en una carcel especial, tras varios años en que ni siquiera fue perseguido por la justicia y por delitos contra personas indefensas que fueron ocultados para asegurar su impunidad?
Debo aclarar que siento compasión por ambos...pero no creo que nuestro sentido básico de la decencia, nos permita tratarlos igual.
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