15-12-13-KRADIARIO-883
EL MITO SOBRE DESTINO DE LOS VOTOS EN BLANCO
De seguro todos lo hemos escuchado como argumento para decantar por un
candidato o al menos anular el voto: “no vote en blanco, o se lo sumarán a la
mayoría”, publicó hoy 24 Horas TV.
Sin embargo se trata sólo de un mito,
aunque uno de los más extendidos entre el electorado chileno desde el retorno a
la democracia hace 25 años. ¿De dónde proviene? Aunque resulte increíble, de
una de las decisiones menos conocidas de la Junta Militar de Gobierno.
Mientras se
preparaba el plebiscito que sometería al juicio de la ciudadanía la nueva
Constitución de 1980, el gobierno del general Pinochet estaba comprometido con
que esta fuera aprobada a como diera lugar. La necesidad de tomar resguardos,
llevó a estipular en la normativa de votaciones una disposición inédita en
nuestro país: que
todo voto en blanco se sumaría a la opción oficialista.
En efecto, el
artículo 20 del decreto ley 3.465 de 1980, ordena que “Las cédulas que
aparecieran en blanco, sin la señal que hubiere podido hacer el votante, serán
escrutadas en favor de la preferencia “SI”.
Como todos sabemos, la carta magna fue
aprobada por una amplia mayoría del 67.04%, dejándonos no sólo el polémico
texto fundamental como legado, sino también la errada idea en muchos votantes
de que sus votos se sumarán a la opción mayoritaria si los dejan en blanco.
Cabe
consignar que ni antes ni después de este referendo, se ha puesto en vigencia
una disposición similar. De hecho, desde el plebiscito de 1988 en adelante,
todas las elecciones se han regido por la ley 18.700, la cual estipula claramente que “los votos en blanco y nulos se
considerarán como no emitidos”.
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