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jueves, 6 de diciembre de 2012

ALBERTO VAN KLAVEREN Y TRES ABOGADOS DE CHILE LITIGARON HOY EN LA CORTE DE LA HAYA

Exactamente a las 11 horas comenzó la presentación oral de Chile en el litigio presentado por Perú en la Corte Internacional de Justicia en la ciudad holandesa de La Haya. Inició las intervenciones el agente chileno Alberto van Klaveren y luego lo hicieron  tres abogados del equipo de la defensa chilena.

Van Klaveren habló durante unos 45 minutos. El diario El Mercurio adelantó hoy que el fuerte de su presentación será la "buena fe"  que ha tenido Chile frente al tema, incluso antes de que el país vecino interpusiera la acción legal en enero de 2008.

Los tres abogados del equipo chileno que intervinieron después de Van Klaveren fueron  Pierre-Marie Dupuy, cuya responsabilidad fue exponer las razones de por qué sí existen tratados de límite marítimo;  el abogado David Colson, quien se referió al uso de los paralelos como delimitación desde 1947; y finalmente el australiano James Crawford, que responde a  las imputaciones peruanas durante los dos primeros días de los alegatos.
Mañana viernes será el turno de los otros litigantes del equipo que defiende la postura chilena ante la la Corte de La Haya.


Puntos principales del agente Alberto Van Klaveren


1.- Chile y Perú han convivido en paz.


2.- Hemos delimitado nuestra frontera marítima en 1952, por conducto de un tratado trilateral entre Perú, Ecuador y Chile. Esto en relación a la Declaración de Santiago de ese año.


3.- La insatisfacción de Perú no presenta un argumento legítimo para desestimar una frontera.


4.- No queda área por delimitar, no quedan reclamos por resolver.


5.- La estabilidad de la frontera ha permitido a Chile y Perú desarrollar sus economías y convivir en paz.

6.- Las partes en la Declaración de Santiago han reconocido las fronteras entre ellas y es algo que también ha reconocido la comunidad internacional

7.- Perú pide a la Corte que descimiente la frontera... y va al extremo de negar la existencia de la frontera marítima, lo que es sorprendente cuando se cumplen 60 años" de su establecimiento

8.- Simplemente no hay espacios marítimos que requieran delimitación", enfatiza."La declaración de Santiago es y siempre ha sido un tratado.

En resumen, el agente chileno, Alberto Van Klaveren, argumentó  en el inicio de los alegatos de Chile ante la Corte de La Haya, que la posición chilena es que las zonas marítimas de su país y Perú han sido plenamente delimitadas por un acuerdo.

Agregó que la frontera marítima entre Chile y Perú se ubica en el paralelo en el punto en que la frontera terrestre de los estados llega al mar; tercero, que esa zona es el paralelo correspondiente al Hito número 1 con una Latitud de 18° 21’ y 0 segundos sur.


"No queda área por delimitar, no quedan reclamos por resolver", insistió, tras indicar que la estabilidad de la frontera ha permitido a Chile y Perú desarrollar sus economías y convivir en paz. Las partes en la Declaración de Santiago han reconocido las fronteras entre ellas y es algo que también ha reconocido la comunidad internacional", insistió el agente chileno.

"Simplemente no hay espacios marítimos que requieran delimitación. La declaración de Santiago es y siempre ha sido un tratado", recalcó.

Van Klaveren empezó su intervención, precisando que "Chile y Perú han convivido en paz, y hemos delimitado nuestra frontera marítima en 1952, por conducto de un tratado trilateral entre Perú, Ecuador y Chile", en relación con la Declaración de Santiago de ese año.


Abogado francés Pierre-Marie Dupuy


1.- Hemos podido asistir al deslizamiento progresivo de la semántica peruana", agregando que le parece sorprendente que los agentes peruanos desconozcan las fronteras para Chile ya establecidas.

2.- La declaración de Santiago (de 1952), durante más de 50 años, ha sido un tratado, que conllevaba disposiciones de delimitación.

3.- El abogado francés insiste en la importancia de la Declaración de Santiago como un tratado reconocido por Perú y Naciones Unidas, como por el resto de la comunidad internacional. El texto y el contexto confirman este carácter… En derecho internacional el título, la terminología, no afectan el carácter del acuerdo. Hay muchos instrumentos que se titulan declaraciones y cuyo carácter de tratado nadie duda.

4.- Para que se reconozca un tratado tampoco es obligación que sus artículos estén numerados", añade el jurista. No hay ningún requerimiento de forma si es que se observa una explícita voluntad de las partes de determinar la frontera. El objetivo principal de la Declaración de Santiago buscaba afirmar política y jurídicamente, con tres estados signatarios, la delimitación marítima de las 200 millas.

5.- Cuestionó que Perú ha ido modificando sus argumentos como en un "vals de dudas".

6.- Dupuy concluye su argumento enfatizando con la debilidad de los argumentos peruanos. "Habiendo en un pasado invocado la declaración de Santiago como un tratado, que es fuente de obligaciones internacionales, ¿podría hoy en día el Perú negar legítimamente el carácter convencional de la Declaración? Ésta es una de las numerosas preguntas que hay que plantear y no es la última".

7.- "En fin, si Perú alega que la Declaración de Santiago no responde a ninguna de las exigencias de formalidad que creen son necesarias, reconoce que la forma no es concluyente en sí misma. Me pregunto si existiría en estos momentos una escuela surrealista del derecho internacional poblada de tratados en el orden nacional, pero no internacional, al igual que existen relojes blandos en los cuadros de Salvador Dalí".


Abogado David Colson

1.- La metodología técnica para la determinación del límite exterior de una zona basado en distancias y su relación con el límite lateral de dicha zona, se ha presentado de una forma que siendo generoso podría llamar incompleta", dice Colson en relación a los argumentos peruanos sobre la delimitación marítima que reclama.

2.- Mostrando un mapa, Colson señala que "la forma en que se traza el límite exterior, de tal manera que quede paralelo a la costa, se hace a través de líneas de referencia o líneas de construcción geométrica".

Abogado australiano James Crawford


1.-  Interviene el abogado australiano James Crawford. "Según el Perú no existe zona fronteriza porque no hay frontera (entre Chile y Perú). En sus alegatos Perú, dice que de haber habido delimitación en 1952, dicho acuerdo se refería a Perú y Ecuador. Lo que voy a decir es que hubo un acuerdo de delimitación en 1952".

2.- "A diferencia de Perú, no hacemos una lectura retrospectiva de la historia", indica Crawford al argumentar la validez del tratado de 1952. Además, argumenta que Perú empleó el paralelo como límite en 1947.


3.- El jurista recordó que  los acuerdos alcanzados en la Declaración de Santiago, en los que participó Ecuador, "en los artículos 2 y 3 hicieron declaración plena sobre la jurisdicción de las 200 millas marítimas".


4.- Crawford, al leer los artículos de la Declaración, recuerda que las delimitaciones marítimas quedaron establecidas, tanto por su perímetro y radio, y que todas las partes involucradas, lo han reafirmado a través de los años.
5.- Las declaraciones de Perú sobre el carácter "informal, provisional o temporal" de las delimitaciones establecidas, "son absolutamente inciertas", agrega.

6.- "Lo que importa es lo que acordaron los estados cuando se reunieron... Después de que los tres delegados (de los Estados) firmaron la Declaración, los tres congresos la aprobaron", dice el abogado, mostrando mapas con los resultados de la Declaración de Santiago.



7.- Crawford enumeró diversos hechos y los distintos acuerdos que reafirman los tratados limítrofes entre Chile y Perú. También cuestionó que el país vecino acusara ignorancia de las personas que hace 60 años fijaron las delimitaciones marítimas. Y añadió que Perú omitió en la Corte información relevante de los tratados.

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