A la espera de conocer las consecuencias internacionales del fallo, Trump ha anunciado que usará otro mecanismo o "paraguas legal" para instaurar "con efecto inmediato" un arancel global del 15%.
Mientras tanto, la Comisión Europea ha pedido a Estados Unidos que respete el acuerdo comercial firmado con la UE el pasado verano.
El fallo
Estas son las principales claves de la decisión: La Corte Suprema de EE UU falló el pasado viernes que los aranceles impuestos a otros países el 2 de abril de 2025, durante el llamado del "Día de la Liberación", son ilegales según la legislación estadounidense porque el presidente usó una ley reservada para una emergencia nacional.
La Casa Blanca argumentó que la Ley de 1977 de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) facultaba al presidente para hacerlo; pero la Corte Suprema dictaminó que esa interpretación no era correcta y que, al aplicarla, el Ejecutivo estaba invadiendo las competencias del Congreso.
¿Queden sin efecto entonces los aranceles de Trump?
La respuesta es: no todos. La decisión obliga a dar marcha atrás a los aranceles impuestos el 2 d
los que no se habían alcanzado acuerdos, que oscilaban entre el 10% y el 41%; y tarifas adicionales sobre algunas importaciones procedentes de México, China y Canadá que Trump justificaba por la crisis del fentanilo en Estados Unidos.
¿Cuáles tarifas se mantienen?
Se mantendrán aquellos que Trump impuso a través de otras leyes, como los que pesan sobre el acero o los vehículos. A estas tarifas se unirá un nuevo gravamen del 15% inmediato que el magnate anunció tras conocer el fallo, valiéndose de "otros resortes jurídicos" que contempla la legislación estadounidense, apunta la investigadora principal para la Economía del Real Instituto Elcano, Judith Arnal, en una conversación con el Canal 24 Horas de TVE.
Entre otros, Washington podría apoyarse en la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que autoriza fijar aranceles de hasta el 15% durante un periodo inicial de 150 días "sin necesidad de explicitar nada".
A partir de los 150 días mencionados, la Administración de Estados Unidos cuenta con otras herramientas para mantener esos aranceles. "Dentro de esta misma ley de 1974, hay otra sección que permitiría que, sobre la base de una investigación del representante de Comercio de Estados Unidos, se dictaran aranceles sin establecer el límite durante cuatro años y posteriormente se tendrían que revisar", explica Arnal.
Además, hay otra ley de 1962 que, sobre la base de la seguridad nacional, también permitiría establecer aranceles sin límite, ni en cuanto al tipo arancelario ni en cuanto a la duración, aunque "esta base jurídica no es especialmente útil para establecer aranceles con carácter general", añade.
¿Qué dice la Unión Europea?
En un comunicado, la Comisión Europea ha solicitado a la Administración estadounidense "claridad total" sobre las medidas que pretende tomar tras la reciente sentencia del Tribunal Supremo y llama a cumplir el acuerdo comercial firmado el pasado mes de julio, que aún está pendiente de ratificar por el Parlamento Europeo. "Un trato es un trato", destacaba el comisario de Comercio, Maros Sefcovic.
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