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miércoles, 18 de enero de 2017

Chile-Justicia

CADA FAMILIAR DE 27 VICTIMAS POR EL TSUNAMI DEL 27-F RECIBIRÁ INDEMNIZACIÓN DE CASI 25 MILLONES DE PESOS

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia del 22° Juzgado Civil de Santiago, que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000 a 74 familiares de 27 víctimas del tsunami del 27 de febrero de 2010 (Un promedio de casi 25 millones de pesos por familiar afectado).
La decisión fue pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro Alfredo Pfeiffer Richter e integrada por el Ministro Fernando Carreño Ortega y la Ministra Patricia Liliana González Quiroz. La decisión fue por unanimidad.

La historia de esta sentencia
El 27 de abril de 2016, el 22° Juzgado Civil de Santiago había decretado esta sanción económica bajo el argumento de que el Estado había cometido errores que impidieron salvar vidas.
“De tal manera, este sentenciador estima procedente dar lugar al pago de los perjuicios sufridos por los familiares de las víctimas por el daño moral alegado, quienes demandan en este juicio, por cuanto, no sólo falló un sistema de alerta o de emergencia a cuya eficiencia el Estado está llamado a prestar, sino porque los errores en su ejecución impidieron a las víctimas tener, al menos, una oportunidad de salvar sus vidas o las de sus familias, originándoles una afección personal por la muerte de personas con quienes tenían naturales vínculos familiares o derivados de una vida en común”, expresó en su minuto la sentencia del juzgado civil.
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“Que si bien es efectivo que, en general, cualquiera persona, atendido al sismo previo al tsunami, pudiera no haber reaccionado en la forma que correspondía frente a la eventualidad de un maremoto, no es menos cierto que, al contrario de lo que señala la parte demandada, ello no resulta aplicable a las autoridades que ostentaban cargos que les imponían precisamente la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar o al menos paliar las consecuencias de este tipo de fenómenos naturales”, aseveró, como confirmación de la anterior, la sentencia de la Corte de Santiago.

Situación de los implicados

La propuesta del Ministerio Público emanada el lunes 4 de abril y que proponía una salida alternativa -el pago de una indemnización a cada una de las familias y la lectura de un manifiesto- para los seis imputados del caso tsunami, finalmente fue acogida por el Juzgado de Garantía de Santiago, el jueves 7 de abril suspendió la investigación por las muertes provocadas por el maremoto de la madrugada del 27 de febrero de 2010.

La decisión fue comunicada por la titular del tribunal, jueza Carolina Gajardo, que se pronunció respecto de los argumentos esgrimidos por los abogados de las familias de las víctimas, “tenían que ver con otro procedimiento, en otra instancia”, aseguró.

Una de las dos cláusulas de la “salida alternativa” fue cumplida minutos antes de levantarse la sesión. El primero en subir al estrado fue el ex subsecretario del Interior Patricio Rosende Lynch, quien ofreció disculpas, asegurando que “Pueden tener el consuelo que el Estado de Chile reconoce en la voz de sus representantes, la incapacidad que tuvo para imponerse con rapidez de la catástrofe. Si alguna de mis acciones contribuyeron aquella noche a que se cometiera un error, lo lamento y, sinceramente, pido las disculpas por aquello”, expresó Rosende.

La ex directora de la Onemi, Carmen Fernández Gibbs,  se emocionó desde el inicio de su intervención, ofreciendo disculpas a los familiares de las víctimas con la voz quebrada y los ojos humedecidos. “Mi propósito expresar muy especialmente a las víctimas del tsunamis del 27 de 2010 y también a su señoría y a la opinión pública, cuán profundamente es lo que lamento lo ocurrido con varios compatriotas que perdieron sus vidas aquella fatídica madrugada” , partió diciendo. “Aquella noche, no obstante, el total colapso, especialmente comunicacional que vivimos, y que incluyó a la Onemi”. (…) Creo haber realizado todos los esfuerzos para ir en ayuda de la población, como siempre actué. (…) Lo lamento honestamente, porque errores comete todo el mundo y no puedo estar exenta de ellos. (…) Vivo esta pesadilla con dolor e impotencia como ustedes, no se imaginan. Y estoy cierta que no se podrá comparar (el dolor) con el de ustedes”, afirmó Fernández.El punto que queda pendiente es el pago de los 235 millones de pesos, que será dividido entre todas las familias de las víctimas (un total aproximado de 2 millones 300 mil pesos para cada una) y que deberá hacerse antes del 31 de marzo de 2017, sobreseyendo y cerrando la causa.

Además de Rosende  y Fernández también fueron imputados el exjefe del Centro de Alerta Temprana de la ONEMI, Johaziel Jamett Paz; el exdirector del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) Mariano Rojas Bustos; el exjefe de operaciones del SHOA Andrés Enríquez Olavarría, y el exoficial de guardia del SHOA Mario Andina Medina.

A todos ellos, la Fiscalía les atribuyó la responsabilidad como autores de cuasidelito con resultado múltiple de homicidio por las muertes que tuvieron lugar en las comunas de Juan Fernández, San Antonio, Constitución, Talcahuano, Tomé y Arauco, como consecuencia de la no transmisión de la alerta de tsunami. Finalmente todos fueron absueltos.

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