Chile-Justicia
CADA FAMILIAR DE 27 VICTIMAS POR EL TSUNAMI DEL 27-F RECIBIRÁ INDEMNIZACIÓN DE CASI 25 MILLONES DE PESOS
La Corte de
Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia del 22° Juzgado Civil de
Santiago, que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.840.000.000 a 74
familiares de 27 víctimas del tsunami del 27 de febrero de 2010 (Un promedio de casi 25 millones de pesos por familiar afectado).
La decisión fue
pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro Alfredo
Pfeiffer Richter e integrada por el Ministro Fernando Carreño Ortega y la
Ministra Patricia Liliana González Quiroz. La decisión fue por unanimidad.
La historia de esta sentencia
El 27 de abril de
2016, el 22° Juzgado Civil de Santiago había decretado esta sanción económica
bajo el argumento de que el Estado había cometido errores que impidieron salvar
vidas.
“De tal manera,
este sentenciador estima procedente dar lugar al pago de los perjuicios
sufridos por los familiares de las víctimas por el daño moral alegado, quienes
demandan en este juicio, por cuanto, no sólo falló un sistema de alerta o de
emergencia a cuya eficiencia el Estado está llamado a prestar, sino porque los
errores en su ejecución impidieron a las víctimas tener, al menos, una
oportunidad de salvar sus vidas o las de sus familias, originándoles una
afección personal por la muerte de personas con quienes tenían naturales
vínculos familiares o derivados de una vida en común”, expresó en su minuto la
sentencia del juzgado civil.
“Que si bien es
efectivo que, en general, cualquiera persona, atendido al sismo previo al
tsunami, pudiera no haber reaccionado en la forma que correspondía frente a la
eventualidad de un maremoto, no es menos cierto que, al contrario de lo que
señala la parte demandada, ello no resulta aplicable a las autoridades que
ostentaban cargos que les imponían precisamente la obligación de adoptar las
medidas necesarias para evitar o al menos paliar las consecuencias de este tipo
de fenómenos naturales”, aseveró, como confirmación de la anterior, la
sentencia de la Corte de Santiago.
Situación de los implicados
La propuesta del Ministerio Público emanada el lunes 4 de abril y que proponía una salida alternativa -el pago de una indemnización a cada una
de las familias y la lectura de un manifiesto- para los seis imputados del caso
tsunami, finalmente fue acogida por el Juzgado de Garantía de Santiago, el jueves 7 de abril suspendió la investigación por las muertes provocadas por el
maremoto de la madrugada del 27 de febrero de 2010.
La decisión fue
comunicada por la titular del tribunal, jueza Carolina Gajardo, que se
pronunció respecto de los argumentos esgrimidos por los abogados de las
familias de las víctimas, “tenían que ver con otro procedimiento, en otra
instancia”, aseguró.
Una de las dos
cláusulas de la “salida alternativa” fue cumplida minutos antes de levantarse
la sesión. El primero en subir al estrado fue el ex subsecretario del Interior
Patricio Rosende Lynch, quien ofreció disculpas, asegurando que “Pueden tener el consuelo que el Estado
de Chile reconoce en la voz de sus representantes, la incapacidad que tuvo para
imponerse con rapidez de la catástrofe. Si alguna de mis acciones contribuyeron
aquella noche a que se cometiera un error, lo lamento y, sinceramente, pido las
disculpas por aquello”,
expresó Rosende.
La ex directora
de la Onemi, Carmen Fernández Gibbs, se emocionó desde el inicio de su
intervención, ofreciendo disculpas a los familiares de las víctimas con la voz
quebrada y los ojos humedecidos. “Mi propósito expresar muy especialmente
a las víctimas del tsunamis del 27 de 2010 y también a su señoría y a la
opinión pública, cuán profundamente es lo que lamento lo ocurrido con varios
compatriotas que perdieron sus vidas aquella fatídica madrugada” , partió
diciendo. “Aquella noche, no obstante, el total colapso, especialmente
comunicacional que vivimos, y que incluyó a la Onemi”. (…) Creo haber realizado todos los esfuerzos para ir en ayuda
de la población, como siempre actué. (…) Lo lamento honestamente, porque
errores comete todo el mundo y no puedo estar exenta de ellos. (…) Vivo esta
pesadilla con dolor e impotencia como ustedes, no se imaginan. Y estoy cierta que no se podrá comparar
(el dolor) con el de ustedes”, afirmó Fernández.El punto que
queda pendiente es el pago de los 235 millones de pesos, que será dividido entre todas
las familias de las víctimas (un total aproximado de 2 millones 300 mil pesos
para cada una) y que deberá hacerse antes del 31 de
marzo de 2017, sobreseyendo y cerrando la causa.
Además de Rosende y Fernández también fueron imputados el exjefe del
Centro de Alerta Temprana de la ONEMI, Johaziel Jamett Paz; el exdirector del
Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) Mariano Rojas Bustos;
el exjefe de operaciones del SHOA Andrés Enríquez Olavarría, y el exoficial de
guardia del SHOA Mario Andina Medina.
A todos ellos, la Fiscalía les atribuyó la
responsabilidad como autores de cuasidelito con resultado múltiple de homicidio
por las muertes que tuvieron lugar en las comunas de Juan Fernández, San
Antonio, Constitución, Talcahuano, Tomé y Arauco, como consecuencia de la no
transmisión de la alerta de tsunami. Finalmente todos fueron absueltos.
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