OBJETAR LA COMPETENCIA DE UNA CORTE
¿QUÉ DICEN LOS ESTATUTOS DE LA CORTE INTERNACIONAL DE LA
HAYA?
El artículo 53 de los estatutos de la Corte Internacional de
La Haya dice que "antes de dictar
su decisión, la Corte deberá asegurarse no sólo de que tiene competencia
conforme a las disposiciones de los Artículos 36 y 37, sino también de que la
demanda está bien fundada en cuanto a los hechos y al derecho".
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El artículo 36 explica que "la competencia de la Corte
se extiende a todos los litigios que las partes le sometan y a todos los
asuntos especialmente previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en los
tratados y convenciones vigentes".
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El texto agrega que
"si una parte objeta la jurisdicción de la Corte respecto de una
controversia o su admisibilidad, la Corte decide el asunto en un fallo
preliminar".
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¿QUÉ DICE CHILE EN EL CASO CON BOLIVIA?
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Para Chile no hay ningún tema pendiente con Bolivia, ya que
los límites quedaron zanjados en el Tratado de 1904. Además asegura que Bolivia
ha tenido acceso privilegiado a los puertos.
Bolivia, en tanto, desestima la validez de dicho acuerdo e
insiste en que Chile debe otorgar una salida soberana al mar, debido a la
"deuda" que -a su juicio- existe luego de la "invasión"
durante la Guerra del Pacífico.
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